SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO.- RECONOCER LA DEUDA, en cumplimiento de la Sentencia Judicial dictada por el Juzgado Civil Transitorio de la Sede Central, mediante Resolución Nº 1O y declarada consentida en todos sus extremos mediante Resolución Nº 11 por el mismo Juzgado Civil Transitorio, a favor de los demandantes servidores de la Dirección Regional de la Producción del Gobierno Regional de Apurímac, los devengados y/o reintegros resultado de la diferencia del concepto Remuneración Principal conforme a los montos establecidos en los anexos del Decreto Supremo N° 051-91-PCM; asimismo el pago mensual diferencial de la continua correspondiente al periodo del 01 de Febrero del año 1991 al 06 de Febrero del 2020, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa, de acuerdo al cálculo efectuado por el Área de Remuneraciones y Pensiones de la Oficina de Recursos y Escalafón, según el cuadro siguiente. (…)
ARTÍCULO SEGUNDO.- DISPONER, a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional de Apurímac, a efectos de que realice la gestión correspondiente ante la Dirección Nacional de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y finanzas, del presupuesto requerido para el cumplimiento de la sentencia.
ARTÍCULO TERCERO.- TRANSCRIBIR, la presente Resolución a las instancias correspondientes del Gobierno Regional de Apurímac, a los legajos personales y servidores comprendidos. ( VER PDF )