RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL N° 119-2022-GR-APURIMAC.GG

Archivo
marzo 24th, 2022
RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL N° 119-2022-GR-APURIMAC.GG
Descripción:

SE RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO.- DECLARAR INFUNDADO, el recurso administrativo de apelación interpuesto por la administrada Marysabel Arones Castro contra la resolución denegatoria ficta que denegó su solicitud de fecha 29 de marzo de 2021, sobre reconocimiento y pago de devengados de la bonificación diferencial mensual establecida por el artículo 184 º de la Ley Nº 25303, formulada ante la Dirección Sub Regional de Salud Chanka- Andahuaylas, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.

ARTÍCULO SEGUNDO.- PRECISAR, que el presente acto administrativo agota la vía administrativa, de conformidad con lo previsto en el artículo 228º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, quedando facultada la recurrente a impugnar el presente acto ante el Poder Judicial, de conformidad con el artículo 148º de la Constitución Política del Perú.

ARTÍCULO TERCERO.- DISPONER, a la Dirección Sub Regional de Salud Chanka – Andahuaylas, cumpla con notificar la presente Resolución a la interesada, Marysabel Arones Castro, con observancia de las formalidades de Ley, debiendo remitir el cargo respectivo a esta Sede Central, para su archivo.

ARTÍCULO CUARTO.- DEVOLVER, los actuados a la Entidad de origen por corresponder, debiendo quedar copia de los mismos en archivo, como antecedente.

ARTÍCULO QUINTO.- DISPONER la remisión de copia de los actuados a la Secretaría Técnica de Procedimientos Administrativos Disciplinarios de la Dirección Sub Regional de Salud Chanka – Andahuaylas, o la que haga sus veces, a fin de realizar el deslinde de responsabilidades a que hubiere lugar por no haberse brindado respuesta dentro del plazo legal a la solicitud de fecha 29 de marzo de 2021, formulada por la administrada Marysabel Arones Castro.

ARTÍCULO SEXTO.- TRANSCRIBIR, la presente Resolución a la Dirección Sub Regional de Salud Chanka -Andahuaylas, y a los interesados, para los fines correspondientes.

ARTÍCULO SETIMO.- PUBLICAR, la presente Resolución en la página web del Gobierno Regional de Apurímac: www.regionapurimac.gob.pe, de conformidad con la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. ( VER PDF )

Dirección URL
Archivo en Linea
Gobierno Regional de Apurímac :: Jr. Puno 107 | Central Telefónica: 083 321022 | 322170 | Telf. Fax: 083 321174
Desarrollado por Unidad de Informática - mail :: [ informatica@regionapurimac.gob.pe ]