RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL N° 115-2022-GR-APURIMAC.GG

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marzo 24th, 2022
RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL N° 115-2022-GR-APURIMAC.GG
Descripción:

SE RESUELVE:

ARTICULO PRIMERO.- DAR CUMPLIMIENTO, al mandato judicial contenido en la Resolución N° 06 (Sentencia) de fecha 20 de noviembre del 2020, la Resolución Nº 10 (Sentencia de Vista) de fecha 21  de diciembre de 2020 y la Resolución N° 11 (Auto de Requerimiento) de fecha 23 de noviembre de 2021; del Expediente Judicial Nº 01112-2019-0-0301-JR-CI-02, incoado por GUSTAVO JESÚS HUANCAHUARI QUISPE, sobre bonificación especial mensual por preparación de clases y evaluación en base al 30% de su remuneración total, tramitado ante el Juzgado de Trabajo de la Corte Superior de Justicia de Apurímac.

ARTICULO SEGUNDO.- DECLARAR FUNDADO, el recurso de Apelacion  interpuesta por GUSTAVO JESÚS HUANCAHUARI QUISPE, en contra de la resolución Directoral Regional Nº 0327-2019-DREA, de fecha 19 de marzo del 2019, en consecuencia RECONOCER a favor de GUSTAVO JESÚS HUANCAHUARI QUISPE, el pago de los devengados de la Bonificación Especial mensual por concepto de preparación de clases y evaluación, en base al 30% de su remuneración total integra y no en base a la remuneración total permanente, desde la fecha en que dicha bonificación es exigible para el demandante, esto es, desde la fecha de su nombramiento (06 de abril del 2001) hasta la fecha de la derogación de la Ley del  Profesorado (25 de noviembre del 2012), con la sola deducción de lo que se le ha venido pagando por este concepto, previa liquidación administrativa. más el pago de los intereses legales. Para cuyo efecto AUTORÍCESE a la Dirección Regional e Educación Apurímac, cumpla con la acción administrativa correspondiente para este fin EN ESTRICTO CUMPLIMIENTO AL MANDATO JUDICIAL.

ARTICULO TERCERO.• REMITIR, los actuados a la Dirección Regional de Educación Apurímac, por corresponder para su conocimiento, y  dar estricto cumplimiento al mandato judicial antes señalado y el presente acto resolutivo, debiendo remitir en aplicación de lo dispuesto por el numeral 45.2 del Articulo 45 del TUO de la Ley N° 27584 «Ley que Regula el Proceso Contencioso Administrativo modificado por el D. S. Nº 011-2019-JUS».

ARTICULO CUARTO.- ENCARGAR, a la Secretaría General NOTIFICAR con el presente acto administrativo, a la Gerencia de   Desarrollo Social, Gerencia General Regional, Dirección Regional Educación Apurímac, Procuraduría Pública Regional, Juzgado de Trabajo de Abancay, informando sobre el cumplimiento de lo ordenado, a la parte interesada, y demás sistemas administrativos que corresponda  del Gobierno Regional de Apurímac, para su conocimiento y fines.

ARTICULO QUINTO.· DISPONER, la publicación de la presente resolución en el portal electrónico  del Gobierno Regional de Apurímac, www.regionapurimac.gob.pe, de conformidad y en cumplimiento a lo prescrito por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. ( VER PDF )

 

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