SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR, el Expediente Técnico sobre LIQUIDACIÓN TÉCNICA– FINANCIERA del PIP denominado: «RECUPERACION Y MEJORAMIENTO DE LA COBERTURA FORESTAL PARA AMPLIAR SERVICIOS AMBIENTALES EN LA MICROCUENCA OROPESA Y TRAPICHE DE LA PROVINCIA DE GRAU Y ANTABAMBA – REGION APURIMAC«, con Código Unico de Inversiones Nº 2234100; por el monto total de S/. 10774,742.33 (Diez Millones Setecientos Setenta y Cuatro Mil Setecientos Cuarenta y Dos con 33/00 soles); ejecutado por el Gobierno Regional de Apurímac, bajo la modalidad de administración directa con el presupuesto de los años fiscales del 2013 al 2021, según Correlativo de Meta Nº 375–2013, 244-2014, 029–2015, 014–2016, 012–2017, 010–2018, 027–2019, 014–2020 y 022-2021 a efectos de proceder con el cierre del proyecto; y, de acuerdo a los fundamentos de hecho y derecho expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
ARTÍCULO SEGUNDO: PRECISAR que la presente resolución no implica convalidación de los actos o acciones realizados o por realizarse que no se enmarquen dentro de la normatividad aplicable al caso concreto; en consecuencia, la Dirección Regional de Supervisión Liquidación y Trasferencia de Proyectos de Inversión, y demás unidades orgánicas inmersas deberán de cautelar la observancia del marco legal de los procedimientos a implementarse para el cumplimiento de la presente resolución.
ARTÍCULO TERCERO: AUTORIZAR a la Dirección Regional de Administración del Gobierno Regional de Apurímac, para que a través a sus órganos competentes contables, realice las rebajas contables que correspondan del presupuesto ejecutado del Expediente de Liquidación Técnica – Financiera del proyecto en mención.
ARTÍCULO CUARTO: DISPONER, el cierre del expediente, una vez que quede consentida la liquidación; en consecuencia los órganos de línea, de apoyo y asesoramiento conforme a sus atribuciones, deben realizar los actos necesarios para la clasificación financiera y contable del presente.
ARTÍCULO QUINTO: NOTIFÍQUESE, con la presente resolución a la Gerencia General Regional, a la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión de Medio Ambiente, a la Dirección Regional de Supervisión Liquidación y Trasferencia de Proyectos de Inversión, para su conocimiento y fines de ley.
ARTÍCULO SEXTO: PUBLÍQUESE, la presente resolución en la página Web del Gobierno Regional de Apurímac, www.regionapurimac.gob.pe, de conformidad a lo dispuesto por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Publica. ( VER PDF )