RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL N° 040-2022-GR-APURIMAC.GG

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febrero 24th, 2022
RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL N° 040-2022-GR-APURIMAC.GG
Descripción:

SE RESUELVE:

ARTICULO PRIMERO.· DAR CUMPLIMIENTO, al mandato judicial contenido en la Resolución Nº 16 (Sentencia) de fecha 20de mayo de 2019, la Resolución Nº 20 (Sentencia de Vista) de fecha 13 de diciembre de 2019 y la Resolución Nº 24 (Auto de Requerimiento) de fecha 27 de octubre de 2021; del  Expediente Judicial Nº 00167201600301-JR-CI-01incoado por LUCIO PALOMINO  SIERRA sobre el pago de los devengados de la Bonificación Especial mensual por preparación de clases y evaluación, en base al 30% de su remuneración  total (total o integra) y no en base a la remuneración total permanente, tramitado ante el Juzgado de Trabajo de la Corte Superior de Justicia de Apurímac.

ARTICULO SEGUNDO.· DECLARA FUNDADO, el Recurso de Apelación interpuesta por LUCIO PALOMINO SIERRA en contra de la Resolución Directora! Regional Nº 1019-2015-DREA de fecha veintisiete de octubre de dos mil quince, en consecuencia RECONOCE a favor de LUCIO PALOMINO SIERRA el pago de los devengados de la Bonificación Especial mensual por preparación de clases y evaluación, en base al 30% de su remuneración total (total o integra) y no en base a la remuneración total permanente, desde la fecha en que dicha bonificación es exigible para el demandante, esto es, desde la vigencia de la modificatoria del artículo 48 de la Ley N° 24029, a través de la Ley Nº 25212 (21 de mayo de 1990) hasta la fecha de la derogación de dicha Ley (25 de noviembre del 2012), con la sola deducción de lo que se le ha venido pagando por este concepto, previa liquidación administrativa. Para cuyo efecto AUTORÍCESE a la Dirección Regional de Educación Apurímac cumpla con las acciones administrativas correspondientes para este fin EN ESTRICTO CUMPLIMIENTO AL MANDATO JUDICIAL.

ARTICULO TERCERO.· REMITIR, los actuados a la Dirección Regional de Educación de Apurímac, por corresponder para su conocimiento y cumplimiento, ello en mérito a lo dispuesto por el numeral 45.2 del Artículo 45 del TUO de la Ley Nº 27584-Ley que regula el proceso contencioso administrativo D.S Nº 011-2019-JUS.

ARTICULO CUARTO.· ENCARGAR, a la Secretaría General NOTIFICAR con el presente acto administrativo, a la Gerencia de Desarrollo Social, Gerencia General Regional, Dirección Regional Educación Apurímac, Procuraduría Pública Regional, Juzgado de Trabajo de Abancay informando sobre el cumplimiento de lo ordenado, a la parte interesada, y demás sistemas administrativos que corresponda del Gobierno Regional de Apurímac, para su conocimiento y fines.

ARTICULO QUINTO.- DISPONER, la publicación de la presente resolución en el portal electrónico del Gobierno Regional de Apurímac, www.reqionapurimac.gob.pe, de conformidad y en cumplimiento a lo prescrito por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. ( VER PDF )

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