SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO.- ACUMULAR, los Expcdien es Administrativos antes referidos de conformidad al Articulo 127 numeral 1272 del Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, que Aprueba el TU.O, de la Ley N°27444 LPAG. por tratarse de asuntos conexos, que permiten tramitarse y resolverse conjuntamente.
ARTÍCULO SEGUNDO.· DECLARAR, IMPROCEDETE los recurso de apelación interpuesto por los señores: Mario Raymundo MONZON FLORES, contra la Resolución Directoral Regional N° 1372-2021-DREA, de fecha 24 de noviembre del 2021 y Felicitas MOLINA PALOMINO DE BEDIA, contra la Resolución Directoral Regional Nº 1377 -2021-DREA, de fecha 24 de noviernbre del 2021. Por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución CONFÍRMESE, en todos sus extremos las resoluciones materia de cuestionamiento. Quedando agotada la vía administrativa conforme establece el Artículo 228º del Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
ARTÍCULO TERCERO.- DEVOLVER, los actuados a la Entidad de Origen por corresponder, debiendo quedar copia de los mismos en archivo. como antecedente.
ARTÍCULO CUARTO.· NOTIFÍQUESE, con el presente acto resolutivo, a la Gerencia Regional de Desarrollo Social, a la Dirección Regional de Educación de Apurimac a los interesados e instancias pertinentes del Gobierno Regional de Apurimac con formalidades señaladas por Ley .
ARTÍCULO QUINTO.- PUBLÍQUESE, la presente resolución en el portal web institucional: www.reqionapurimacqob.pe, de conformidad con la Ley de T ransparencra y Acceso a la Información Pública. ( VER PDF )