SE RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO.- DAR CUMPLIMIENTO, al mandato judicial contenido en la Resolución N° 1 O (Sentencia) de fecha 17 de octubre de 2019, la Resolución Nº 16 (Sentencia de Vista) de fecha 28 de setiembre de 2020 y la Resolución N° 22 (Auto de Requerimiento) de fecha 18 de octubre de 2021; del Expediente Judicial Nº 00676-2018–0–0301–JR–CI–02, incoado por Américo Orccohuarancca Condori, tramitado ante el Juzgado de Trabajo de la Corte Superior de Justicia de Apurímac.
ARTICULO SEGUNDO.- DECLARAR FUNDADO, el recurso administrativo de apelación presentado por Américo Orccohuarancca Condori contra la Resolución Directoral N° 279-2017-GR.DRA-APURÍMAC, en consecuencia RECONOCER, a favor del demandante el pago de los devengados por concepto de la bonificación diferencial permanente, en base a la remuneración total desde la fecha que le asiste dicho derecho laboral, así como el pago continuo mensual de la bonificación diferencial permanente; más el pago de los intereses legales, para cuyo efecto, la Dirección Regional Agraria de Apurímac, cumpla con realizar la liquidación administrativa; debiendo cumplir con el pago correspondiente, en estricto cumplimiento al mandato judicial.
ARTICULO TERCERO.- REMITIR, los actuados a la Dirección Regional Agraria de Apurímac, por corresponder para su conocimiento y cumplimiento, ello en mérito a lo dispuesto por el numeral 45.2 del Artículo 45 del TUO de la Ley Nº 27584- Ley que regula el Proceso Contencioso Administrativo D.S N° 011-2019-JUS.
ARTICULO CUARTO.- ENCARGAR, a la Secretaría General NOTIFICAR con el presente acto administrativo, a la Gerencia de Desarrollo Económico, Gerencia General Regional, Dirección Regional Agraria de Apurímac, Procuraduría Pública Regional, Juzgado de Trabajo de Abancay, informando sobre el cumplirnlento de lo ordenado, al interesado, y demás sistemas administrativos que corresponda del Gobierno Regional de Apurímac, para su conocimiento y fines.
ARTICULO QUINTO.– DISPONER, la publicación de la presente resolución en el portal electrónico del Gobierno Regional de Apurímac, www.regionapurimac.gob.pe, de conformidad y en cumplimiento a lo prescrito por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. ( VER PDF )