SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: AUTORIZAR, la Asignación de fondos por la Modalidad via encargo, a favor de la Unidad Operativa (U.O 401411), de la Gerencia Sub Regional de Aymaraes, para la continuidad y conclusión de la ejecución física y financiera de la Inversión, Optimización, de Ampliación Marginal de Reposición y Rehabilitación (IOARR) denominado: «CONSTRUCCION DE CERCO DE LADRILLO/CONCRETO, SALAS DE REUNIONES O USOS – MULTIPLES, AMBIENTE PARA COMEDOR, TANQUES DE ALMACENAMIENTO DE AGUA, SISTEMAS DE SEGURIDAD O DE CONTROL DE ACCESO Y COBERTURA; RENOVACION DE COBERTURA; ADQUISICION DE MESAS O BUFETES PARA EL COMEDOR Y KITS DE INSTALACION O MODIFICACION DE EQUIPOS DE TELECOMUNICACIONES; EN EL(LA) IE 54298 MICAELA BASTIDAS – CHALHUANCA DISTRITO DE CHALHUANCA, PROVINCIA AYMARAES, DEPARTAMENTO APURIMAC» con Código Unico de Inversiones – CUI Nº 2424344, 421,926.00 soles, por fuente de fuente de financiamiento 5 Recursos Determinados, en el tipo de recurso 22 regalías contractuales y 27 FONCOR, cuya priorización ha sido registrado en el Sistema Integrado deAdministración Financiera {SIAF-SP), precisando los montos y las partidas específicas, de acuerdo al siguiente detalle. (…)
ARTÍCULO SEGUNDO: DISPONER, a la Unidad Operativa de la Gerencia Sub Regional de Aymaraes, a través del Funcionario de mayor jerarquía es el responsable del Manejo de los Fondos Materia del «Encargo Otorgado», precisando que el monto señalado en el artículo precedente será destinado única y exclusivamente para la ejecución del proyecto programado, debiendo presentar la rendición de cuenta documentada, conforme establece la Directiva N° 02-2010-GR-APURIMAC/GG, denominada, «Manejo de Fondos por la Modalidad de Encargos», por parte de las Unidades Desconcentradas o Unidades Operativas, bajo responsabilidad, debiendo tener presente que los comprobantes de pago que sustenten la ejecución del gasto, deben ser emitidos a nombre del Gobierno Regional de Apurímac.
ARTICULO TECERO: DETERMINAR, que la aprobación de la Sexta Transferencia Vía encargo a favor de la Unidad Operativa (U,O 401411 ), de la Gerencia Sub Regional de Aymaraes, es de CARACTER NETAMENTE FINANCIERO, siendo que la transferencia financiera quede supeditada al cumplimiento de la normatividad vigente en cuanto a su priorización y financiamiento.
ARTÍCULO CUARTO: PRECISAR, que la presente Resolución no implica convalidación de los actos o acciones realizadas o por realizarse que no se enmarquen dentro de la normatividad aplicable al caso concreto.
ARTÍCULO QUINTO: NOTIFICAR, la presente resolución a la Gobernación Regional, Gerencia Regional de Infraestructura, Oficina Regional de Supervisión, Liquidación y Transferencia de Proyectos de Inversión, Sub Gerencia de Presupuesto, Gerencia Sub Regional de Aymaraes, Dirección Regional de Administración y demás sistemas administrativos del Gobierno Regional de Apurimac, para su conocimiento, cumplimiento, acciones y fines de Ley. ( VER PDF )