SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR, el Expediente Técnico sobre AMPLIACIÓN PRESUPUESTAL Nº 04, por Partidas Nuevas, Mayores Metrados y Deductivo Vinculante del Proyecto: «MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE AGUA PARA RIEGO EN LAS LOCALIDADES DE HUAYHUAYO, KARQUEQUI, TACMARA, HUANCHULLA, CHAQUICOCHA, SORCA, OCCOPATA, KIUNALLA Y TROJA EN EL DISTRITO DE HUANIPACA PROVINCIA DE ABANCAY, REGIÓN APURIMAC», con Código Único de Inversiones Nº 2195558, en fase de ejecución, con un presupuesto adicional de S/. 192.460.00 soles, (Ciento Noventa y Dos Mil Cuatrocientos Sesenta con 00/100 Soles), siendo el Presupuesto Total Actualizado la suma de S/. 15’802,641.23 (Quince Millones Ochocientos Dos Mil Seiscientos Cuarenta y Uno con 23/100 soles), en concordancia a los fundamentos de hecho y derecho expuestos en la parte considerativa de la presente resolución, conforme al siguiente detalle. (…)
ARTÍCULO SEGUNDO: PRECISAR, que la presente Resolución no implica convalidación de los actos o acciones realizadas o por realizarse que no se enmarquen dentro de la normatividad aplicable al caso concreto.
ARTÍCULO TERCERO: ESTABLECER, que la Ampliación Presupuestal N° 04 del proyecto en mención, es de CARACTER NETAMENTE TECNICO, siendo que el mismo queda supeditado al cumplimiento de la norma vigente.
ARTÍCULO CUARTO: DETERMINAR, que en caso de existir omisiones, errores, deficiencias y/o transgresiones técnicas en la presente Ampliación Presupuestal Nº 04, la responsabilidad recae en el Supervisor de Obra Ing. Edwin Meza Tintaya y el Residente de Obra Ing. Hernan Ortiz Ascarza del proyecto en mención.
ARTÍCULO QUINTO: NOTIFÍQUESE, con la presente resolución a la Gerencia Regional de Desarrollo Económico, a la Dirección Regional de Supervisión, Liquidaciones y Transferencia de Proyectos de Inversión, al Supervisor de Obra, Ing. Edwin Meza Tintaya, al Residente de Obra Ing. Hernan Ortiz Ascarza del proyecto antes señalado; para su conocimiento y fines de Ley.
ARTÍCULO SEXTO: PUBLÍQUESE, la presente resolución en la página Web del Gobierno Regional de Apurímac, www.reqionapurimac.qob.pe, de conformidad a lo dispuesto por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. ( VER PDF )