RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL N 691-2021-GR-APURIMAC.GG

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febrero 9th, 2022
RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL N 691-2021-GR-APURIMAC.GG
Descripción:

SE RESUELVE:

ARTICULO PRIMERO.· DAR CUMPLIMIENTO, al mandato judicial contenido en la Resolución Nº 05(Sentencia) de fecha 30 de  noviembre del 2020, Resolución Nº 10(Sentencia de Vista) de fecha 21 de junio del 2021 y Resolución Nº 12 (Auto de Requerimiento) 05 de noviembre del 2021, del Expediente Judicial Nº 006152019·0-0301JR·Cl02, incoado por EMILIO CÓRDOVA SANCHEZ sobre bonificación Especial mensual por preparación de clases y evaluación en base al 30% en base a su remuneración  total, tramitado ante el Juzgado de Trabajo de la Corte Superior de Justicia de Apurímac.

ARTICULO SEGUNDO. DECLARAR  FUNDADO,  el Recurso de Apelación interpuesto por EMILIO CÓRDOVA SANCHEZ en contra de Resolución Directoral Regional Nº 0039-?019-DREA de fecha treinta de enero de dos mil diecinueve, en consecuencia RECONOCER a favor de EMILIO CORDOVA SANCHEZ  el pago de los devengados de la Bonificación Especial mensual por preparación de clases y evaluación, en base al 30% de su remuneración total (total o íntegra) y no en base  a la remuneración total permanente, desde la fecha en que dicha bonificación es exigible para el demandante, esto es; desde la vigencia de la Ley Nº 25212, que modifica la Ley del Profesorado (21  de mayo de 1990), hasta un día antes de la fecha de su cese del accionante (30 de mayo de 2004), con la sola deducción de lo que se le ha venido  pagando por este concepto,  más el pago de los intereses legales,  previa liquidación administrativa. EN ESTRICTO CUMPLIMIENTO AL MANDATO JUDICIAL, para cuyo efecto AUTORÍCESE a la Dirección Regional de Educación Apurímac cumpla con la acción administrativa correspondiente para este fin.

ARTICULO TERCERO.· REMITIR, los actuados a la Dirección Regional de Educación Apurímac, por corresponder para su conocimiento, y dar estricto cumplimiento al mandato judicial  antes señalado y el presente acto resolutivo, debiendo emitir en aplicación de lo dispuesto por el numeral 45.2 del Artículo 45,del TUO de la Ley N°27584 «Ley que Regula el Proceso Contencioso Administrativo modificado por el D. S.  Nº 011-2019-JUS».

ARTICULO CUARTO.- ENCARGAR, a la Secretaría General NOTIFICAR con el presente acto administrativo, a la Gerencia de  Desarrollo Social, Gerencia General Regional, Dirección Regional Educación Apurímac, Procuraduría Pública Regional, Juzgado de Trabajo de Abancay informando sobre el cumplimiento de lo ordenado, a la parte interesada, y demás sistemas administrativos que corresponda del Gobierno Regional de Apurímac, para su conocimiento y fines.

ARTICULO QUINTO.· DISPONER, la publicación de la presente resolución en el portal electrónico del Gobierno Regional de Apurímac, www.regionapurimac.gob.pe, de conformidad y en cumplimiento a lo prescrito por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. ( VER PDF )

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