SE RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO.· APROBAR, el Expediente Técnico de MODIFICACION EN FASE DE EJECUCIÓN Nº 02: SIN INCREMENTO PRESUPUESTAL, POR ADICIONALES DE OBRA (PARTIDAS NUEVAS Y MAYORES METRADOS) Y DEDUCTIVO DE OBRA del Proyecto: » MEJORAMIENTO DEL SERVICIO AMBIENTAL DE REGULACIÓN HÍDRICA DE LAS PRADERAS NATURALES ALTO ANDINOS EN LA UNIDAD HIDROGRÁFICA DEL RIO ANTABAMBA- REGIÓN APURÍMAC», con Código Unificado de Inversiones N° 2250276; el mismo que contiene 02 tomos (archivador) de 625 folios más 01 CD, en base a los argumentos legales y técnicos expuestos en la parte considerativa del presente acto resolutivo, con el siguiente detalle. (…)
ARTÍCULO SEGUNDO.· PRECISAR, que el presente acto resolutivo no implica convalidación de los actos o acciones realizadas o por realizarse que no se enmarquen dentro de la normatividad aplicable al caso concreto.
ARTÍCULO TERCERO.· ESTABLECER, que la aprobación de la Modificación del Expediente Técnico en Fase de Ejecución N° 02 – SIN INCREMENTO PRESUPUESTAL del Proyecto: «MEJORAMIENTO DEL SERVICIO AMBIENTAL DE REGULACIÓN HIDRICA DE LAS PRADERAS NATURALES ALTO ANDINOS EN LA UNIDAD HIDROGRÁFICA DEL RIO ANTABAMBA – REGIÓN APURÍMAC», con Código Unificado de Inversiones N° 2250276, es de carácter EMINENTEMENTE TECNICO, quedando supeditada su ejecución al cumplimiento de la normatividad vigente en cuanto a su priorización y financiamiento.
ARTÍCULO CUARTO.· DETERMINAR, que, en caso de existir omisiones, errores, deficiencias, transgresiones técnicas en el expediente técnico aprobado, la responsabilidad recae directamente en el Residente de Proyecto Ing. Wilfredo Torvisco Martínez, y Supervisor de Proyecto Ing. Erickson Vega Ccahuana, cuya responsabilidad se extiende hasta la culminación de la misma.
ARTÍCULO QUINTO.· NOTIFICAR, con la presente resolución a la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente, a la Dirección Regional de Supervisión, Liquidaciones y Transferencia de Proyectos de Inversión, Coordinador de Supervisión de la Dirección Regional de Supervisión Liquidación y Transferencia de Proyectos de Inversión, para su conocimiento y fines de Ley.
ARTÍCULO SEXTO.- DISPONER, la publicación de la presente Resolución en la Página Web del Gobierno Regional de Apurímac www.reqionapurimac.qob.pe de conformidad y en cumplimiento a lo prescrito por Ley de Transparencia y Acceso a la Información. ( VER PDF )