SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO.- CONFORMAR el Grupo de Trabajo, de naturaleza temporal, encargado de elaborar una propuesta de Directiva para la Formulación, Ejecución y Supervisión de Inversiones del Gobierno Regional de Apurímac en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones. Dicho Grupo de Trabajo está integrado por los siguientes miembros. (…)
ARTÍCULO SEGUNDO.· DISPONER, que la Sub Gerencia de Programación Multianual preside y dirige las actividades del Grupo de Trabajo. Asimismo, la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional, Estadística e Informática desempeña las funciones de Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo.
ARTICULO TERCERO.- DISPONER, que las áreas que integran el Grupo de Trabajo acrediten por escrito a sus respectivos representantes ante la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional, Estadística e Informática. Dichos representantes deberán tener los conocimientos necesarios sobre la aplicación de la normativa del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones a fin de optimizar el desarrollo de la labor encargada. Asimismo, todo cambio en la representación de dichas áreas debe ser comunicada por escrito a la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional, Estadística e Informática en un plazo prudente, según disponga esta.
ARTÍCULO CUARTO.- PRECISAR, que la elaboración de la nueva propuesta de Directiva que se encarga al Grupo de Trabajo se ciñe a las disposiciones contenidas en la Directiva Nº 001-2016/G.R.APURIMAC/09.03/SGDIEI/GG, «Lineamientos para la Formulación, Modificación y Aprobación de Directivas en el Gobierno Regional de Apurímac», aprobada por Resolución Gerencial General Regional Nº 019-2016-GR.APURIMAC/GG.
ARTÍCUILO QUINTO.- ESTABLECER, el plazo de veintiocho (28) días hábiles, contados a partir de la instalación del Grupo de Trabajo, para que este cumpla con entregar la propuesta de nueva Directiva a la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional, Estadística e Informática, la cual proseguirá con el trámite respectivo para su aprobación.
ARTÍCULO SEXTO.- NOTIFÍQUESE la presente Resolución a las áreas comprendidas en el artículo primero; asimismo, notifíquese a la Gerencia General Regional y Secretaría General, para su conocimiento y fines.
ARTÍCULO SÉTIMO.- PUBLÍQUESE la presente Resolución en la Página Web del Gobierno Regional de Apurimac www.regionapurimac.gob.pe, de conformidad y en cumplimiento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. ( VER PDF )