SE RESUELVE
Artículo l. Desagregación de recursos
Apruébese la desagregación de los recursos aprobados mediante el Decreto Supremo Nº 306-2021-EF, por un monto total de S/ 447,138.00 (CUATROCIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL CIENTO TREINTA Y OCHO CON 00/100 SOLES), para financiar el pago de la entrega económica por concepto de servicios complementarios en salud, realizados por los profesionales de la salud hasta el mes de agosto de 2021, en el marco de lo establecido en el Artículo 7° del Decreto de Urgencia Nº 002-2021, en el Artículo 5° del Decreto de Urgencia Nº 038-2021 y en el Artículo 3° del Decreto de Urgencia Nº 069-2021, con cargo a la Fuente de Financiamiento 3 Recursos Por Operaciones Oficiales de Crédito, de acuerdo al siguiente detalle. (…)
ARTICULO SEGUNDO.- Codificaciones
La Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Componentes, Finalidades de Metas y Unidades de Medida.
ARTICULO TERCERO.- Notas de Modificación Presupuestaria
La Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, instruye a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes «Notas para Modificación Presupuestaria» que se requieren como consecuencia de lo dispuestos en la presente norma.
ARTICULO TERCERO.- Presentación de la Resolución
Copia del presente dispositivo se remite a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 ° del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, para el caso de la Dirección General de Presupuesto Público dicha presentación se efectúa a través de los medios que esta determine. ( VER PDF )