SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO.· APROBAR, el Expediente de Modificación en Fase de Ejecución Nº 02 con Incremento Presupuestal del Componente de Administración de Contrato – Supervisión, del Proyecto: «Mejoramiento del Acceso a los Servicios de Salud en los PS 1 – 1: Curanco, Mutkani, Llanaccollpa, Santa Rosa, Huacullo, Huancaray y Palccayño, PS 1-2: Chuñohuacho de la Micro Red Antabamba, Provincia De Antabamba – Departamento de Apurímac»; con Código Unificado Nº 2195021; en fase de ejecución con un incremento presupuestal de S/. 22,410.00 (Veinte dos Mil Cuatrocientos Diez con 00/100 soles, siendo el presupuesto total actualizado de la modificación la suma de S/. 292,412.00 {Doscientos Noventa y Dos Mil Cuatrocientos Doce con 00/100 soles), el mismo que contiene (01) Folder de folios (92), de acuerdo a los fundamentos de hecho y derecho expuestos en la parte considerativa del presente acto resolutivo, y conforme al siguiente detalle. (…)
ARTICULO SEGUNDO.· PRECISAR, que el presente acto resolutivo no implica convalidación de los actos o acciones realizadas o por realizarse que no se enmarquen dentro de la normatividad aplicable al caso concreto.
ARTÍCULO TERCERO.· ESTABLECER, que la aprobación del Expediente de Modificación en Fase de Ejecución Nº 02 del Componente de Equipamiento por Perdida de Vigencia Tecnológica y Actualización de Precios, con Incremento Presupuestal del Proyecto de Inversión: «Mejoramiento del Acceso a los Servicios de Salud en los PS I- 1: Curanco, Mutkani, Llanaccollpa, Santa Rosa, Huacullo, Huancaray y Palccayño, PS 1-2: Chuñohuacho de la Micro Red Antabamba, Provincia de Antabamba- Departamento de Apurímac»; con Código Unificado Nº 2195021, es de carácter eminentemente técnico, bajo responsabilidad de los informes de carácter técnico, quedando peditada su ejecución al cumplimiento de la normatividad vigente en cuanto a su priorización y financiamiento.
ARTÍCULO CUARTO.· NOTIFÍQUESE, con la presente Resolución a la Gerencia General Regional, a la Gerencia Regional de Infraestructura, a la Dirección Regional de Supervisión, Liquidaciones y Transferencia de Proyectos de Inversión, así como a los responsables de la ejecución del proyecto en mención: Coordinador de Proyectos de inversión de la Gerencia Regional de Infraestructura, Coordinador de Obras por Contrata de la Oficina Regional de Supervisión Liquidación y Transferencia de Proyectos de Inversión, para los fines de conocimiento y cumplimiento conforme a ley.
ARTÍCULO QUINTO.· DISPONER, la publicación de la presente Resolución en la Página Web del Gobierno Regional de Apurímac www.reqionapurimac.gob.pe de conformidad y en cumplimiento a lo prescrito por Ley de Transparencia y Acceso a la Información. ( VER PDF )