SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR, el Expediente Técnico sobre MODIFICACIÓN EN FASE DE EJECUCIÓN Nº 03 CON INCREMENTO PRESUPUESTAL (POR ACTUALIZACIÓN DE COSTOS), solicitado para el Sub Proyecto: MEJORAMIENTO DEL SERVICIO EDUCATIVO DE LA I.E. 54427 SANTA CRUZ DE NIVEL PRIMARIO EN EL DISTRITO DE CURPAHUASI, EN LA PROVINCIA DE GRAU-APURIMAC», del Proyecto: «MEJORAMIENTO DEL SERVICIO EDUCATIVO DE LA I.E. 54424 RUINAS DE PUCARA, I.E. 54391 HUICHIHUA, 1.E. 54455 QUISCABAMBA, I.E. 54427 SANTA CRUZ DEL NIVEL PRIMARIO EN LOS DISTRITOS DE CURPAHUASI, VICABAMBA, CHUQUIBAMBILLA, EN LA PROVINCIA DE GRAU – APURIMAC», con Código Unificado Nº 2263327; en fase de ejecución con un Incremento Presupuesta! de S/. 28,312.26 (Veintiocho mil Trescientos doce mil con 26/100 soles, siendo el presupuesto total actualizado de S/. 3337,313.97 (Tres Millones Trescientos Treinta y Siete Mil Trescientos Trece con 97/100 soles), el mismo que contiene (02) Archivadores de folios 1150 y (01) CD, de acuerdo a los fundamentos de hecho y derecho expuestos en la parte considerativa del presente acto resolutivo, conforme al siguiente detalle:
ARTÍCULO SEGUNDO: PRECISAR, que la presente Resolución no implica convalidación de los actos o acciones realizadas o por realizarse que no se enmarquen dentro de la normatividad aplicable al caso concreto.
ARTÍCULO TERCERO: ESTABLECER, que la aprobación del Expediente Técnico de Ampliación Presupuesta! Nº 03 del Proyecto de Inversión mencionado, es de carácter EMINENTEMENTE TECNICO; siendo que la ejecución del Proyecto quede supeditada al cumplimiento de la normatividad vigente en cuanto a su priorización y Financiamiento.
ARTÍCULO CUARTO: DETERMINAR, que en caso de existir omisiones, errores, deficiencias, transgresiones técnicas en el mencionado Expediente Técnico de Ampliación Presupuesta! Nº 03; la responsabilidad recae directamente en el Residente de Obra: lng. Erwin Ballón Saavedra e Inspector/supervisor de Obra lng. Waldo H. Vargas Monzón, cuya responsabilidad se extiende hasta la culminación de la misma.
ARTÍCULO QUINTO: NOTIFÍQUESE, con la presente resolución a la Gerencia Regional de Infraestructura, a la Dirección Regional de Supervisión, Liquidaciones y Transferencia de Proyectos de Inversión y a los responsables de dicho proyecto de inversión, Residente de Obra: lng. Erwin Ballón Saavedra e Inspector/supervisor de Obra lng. Waldo H. Vargas Monzón, para su conocimiento y fines de Ley.
ARTICULO SEXTO: PUBLIQUESE, la presente resolución en la página Web del Gobierno Regional, de Apurímac, www.reqionapurimac.gob.pe, de conformidad a lo dispuesto por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. ( VER PDF )