SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: DECLARAR IMPROCEDENTE, la solicitud de «Ampliación de Plazo de Entrega» por el periodo de 54 días calendario peticionado mediante Carta Nº 19-2021–IMPORT SUMIN PERU SAC, con relación a la Orden de Compra – Guía de Internamiento N° 0001619-2021 de fecha 31/08/2021, peticionado al Gobierno Regional de Apurímac por la Empresa Contratista IMPORT SUMIN PERU SAC, por carecer de sustento técnico y legal, de conformidad a lo establecido por el artículo 158° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado y sus modificatorias. De acuerdo a los informes técnicos y fundamentos expuestos en la parte considerativade la presente resolución.
ARTÍCULO SEGUNDO: SE EXHORTA, a la Empresa Contratista IMPORT SUMIN PERU SAC, el cabal cumplimiento de sus obligaciones contractuales, establecidas en la Orden de Compra – Guía de lnternamiento N°0001619-2021 de fecha 31 /08/2021.
ARTÍCULO TERCERO: NOTIFIQUESE, la presente resolución en el día, mediante la Oficina de Abastecimiento, Patrimonio y Margesí de Bienes, a la Empresa Contratista IMPORT SUMIN PERU SAC, a sus correos electrónicos contractuales : ventas@suminperu.com, ivanchirinospinto@hotmail.com, para su conocimiento y fines de ley.
ARTÍCULO CUARTO: SE DISPONE, la publicación de la presente resolución en la página web del Gobierno Regional de Apurímac www.regionapurimac.gob.pe, de conformidad y en cumplimiento a lo prescrito por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
ARTÍCULO QUINTO: NOTIFICAR, la presente resolución a la Sub Gerencia de Obras; a la Gerencia Regional de Infraestructura; Dirección Regional de Administración; Oficina de Abastecimiento, Patrimonio y Margesí de Bienes y demás sistemas administrativos del Gobierno Regional de Apurímac, para su conocimiento, atención y fines de ley que amerite por corresponder de acuerdo a su competencia. ( VER PDF )