SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR, el Expediente Técnico sobre Ampliación de Plazo Nº 04 del Proyecto denominado: «MEJORAMIENTO DEL SERVICIO EDUCATIVO EN LA IEP Nº 54002 SANTA ROSA E IES SANTA ROSA DEL DISTRITO DE ABANCAY, PROVINCIA DE ABANCAY– REGION APURÍMAC«, con Código Unificado Nº 2234703, por un periodo de 150 días calendarios, comprendido a partir del 29 de agosto del 2021 al 25 de enero del 2022, siendo la fecha de término reprogramado el 2510112022, ello, bajo el sustento de los informes técnicos de vistos y fundamentos de hecho y derecho expuestos en el presente acto resolutivo, con el siguiente detalle. (…)
ARTÍCULO SEGUNDO: PRECISAR, que la presente Resolución no implica convalidación de los actos o acciones realizadas o por realizarse que no se enmarquen dentro de la normatividad aplicable al caso concreto.
ARTÍCULO TERCERO: ESTABLECER, que la aprobación de la solicitud de AMPLIACIÓN DE PLAZO DE EJECUCIÓN Nº 04, en mención, es de carácter netamente técnico, siendo que la ejecución del proyecto quede supeditada al cumplimiento de la normativa vigente en cuanto a su priorización y financiamiento.
ARTÍCULO CUARTO: DETERMINAR, que en caso de existir omisiones, errores, deficiencias, transgresiones técnicas en el Expediente Técnico de AMPLIACION DE PLAZO DE EJECUCION N° 04, del proyecto en mención, la responsabilidad recae en el Residente de Obra lng. Guido Elguera Curi y Supervisor de Obra lng. Rolando Chumbes Tueras, cuya responsabilidad se extiende hasta la culminación de la ejecución del proyecto.
ARTÍCULO QUINTO: NOTIFÍQUESE, con la presente resolución a la Gerencia Regional de Infraestructura, a la Dirección Regional de Supervisión, Liquidaciones y Transferencia de Proyectos de Inversión, a los responsables de la ejecución del proyecto en mención Residente de Obra lng. Guido Elguera Curi y Supervisor de Obra lng. Rolando Chumbes Tueras; para su conocimiento y fines de Ley.
ARTÍCULO SEXTO: PUBLÍQUESE, la presente resolución en la página Web del Gobierno Regional de Apurímac, www.reqionapurimac.qob.pe, de conformidad a lo dispuesto por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. ( VER PDF )