SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR, el Expediente Tecnico de AMPLIACIÓN PRESUPUESTAL Nº 02 – (Modificación en Fase de Ejecución) – por Adicionales de Obra (Partidas Nuevas y Mayores Metrados), del proyecto de inversión denominado: «CONSTRUCCION DE LA DEFENSA RIBEREÑA DE LA MARGEN DERECHA DEL RIO PAMPAS Y TRIBUTARIOS ENTRE LAS LOCALIDADES DE SAN CRISTOBAL Y AHUAYRO DEL DISTRITO DE HUACCANA Y CHINCHEROS, PROVINCIA DE CHINCHEROS, REGION APURIMAC», con Código Unificado Nº 2162872; con un Incremento Presupuestal de SI. 592,169.19 (Quinientos Noventa y Dos Mil Ciento Sesenta y Nueve con 19/00 Soles), siendo el Presupuesto total actualizado de S/. 12’896,745.46 (Doce Millones Ochocientos Noventa y Seis Mil Setecientos Cuarenta y Cinco con 46/100 soles), el mismo que contiene 165 folios en folder, de acuerdo a los fundamentos de hecho y derecho expuestos en la parte considerativa del presente acto resolutivo, conforme al siguiente detalle. (… )
ARTÍCULO SEGUNDO: PRECISAR, que la presente Resolución no implica convalidación de los actos o acciones realizadas o por realizarse que no se enmarquen dentro de la normatividad aplicable al caso concreto.
ARTÍCULO TERCERO: ESTABLECER, que la aprobación del Expediente de Modificación de Ampliación Presupuesta! Nº 02 del Proyecto de Inversión mencionado, es de carácter eminentemente Técnico; siendo que la ejecución del Proyecto quede supeditada al cumplimiento de la normatividad vigente en cuanto a su priorización y Financiamiento.
ARTÍCULO CUARTO: DETERMINAR, que en caso de existir omisiones, errores, deficiencias, transgresiones técnicas en el mencionado Expediente Técnico de Ampliación Presupuestal Nº 02; la responsabilidad recae directamente en el Residente lng. Dilvia Portocarrero Quino y Supervisor de Obra lng. Edwin Meza Tintaya, cuya responsabilidad se extiende hasta la culminación de la misma.
ARTÍCULO QUINTO: DISPONER, el inicio de las cciones administrativas en atención a la Carta N°2-2021.GR.APURIMAC./06/GG/DRSLTPI-GRA/1.0-EMT, de fecha 18/05/21, con el que se apareja el informe por parte del Supervisor del Proyecto: «CONSTRUCCION DE LA DEFENSA RIBEREÑA DE LA MARGEN DERECHA DEL RIO PAMPAS Y TRIBUTARIOS ENTRE LAS LOCALIDADES DE SAN CRISTOBAL Y AHUAYRO DEL DISTRITO DE HUACCANA Y CHINCHEROS, PROVINCIA DE CHINCHEROS, REGION APURIMAC«, quien informa que en la resolución de aprobación de la Ampliación Presupuestal Nº 01, se ha omitido el Presupuesto correspondiente a los componentes de: Mitigación Ambiental y Capacitación de Operación y Mantenimiento, sin un sustento técnico que justifique la deducción de dichos componentes, ello, a fin de determinar las responsabilidades al que hubiere lugar, con cuyo fin, derívese copia del acto resolutivo al Coordinador del Obras por Administración Directa de la Sub Gerencia de Obras de la Gerencia Regional de Infraestructura del Gobierno Regional de Apurímac, a fin de que emita un informe sobre ello, precisando o aclarando de ser el caso, el carácter técnico en su línea de tiempo, la supuesta omisión y presuntos responsables, desde luego con sus recomendaciones.
ARTÍCULO SEXTO: NOTIFÍQUESE, con la presente resolución a la Gerencia Regional de Infraestructura, a la Dirección Regional de Supervisión, Liquidaciones y Transferencia de Proyectos de Inversión y a los responsables de dicho proyecto de inversión, Residente de Obra lng. Dilvia Portocarrero Quino y Supervisor de Obra lng. Edwin Meza Tintaya, para su conocimiento, y fines de Ley.
ARTÍCULO SETIMO: PUBLÍQUESE, la presente resolución en la página Web del Gobierno Regional de Apurímac, www.regionapurimac.gob.pe, de conformidad a lo dispuesto por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. ( VER PDF )