RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL N 357-2021-GR-APURIMAC.GG

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diciembre 2nd, 2021
RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL N 357-2021-GR-APURIMAC.GG
Descripción:

SE RESUELVE:

ARTICULO PRIMERO:DISPONER EL CUMPLIMIENTO, del mandato judicial contenido en la Resolución N° 09 ( Sentencia ) de fecha 26 de marzo del 2019 corregida por resolución número 10, recaida en el Expediente Judicial N°00796-2018-0-0301-jr-ci-02, la cual Declara FUNDADA la demanda Contencioso Adminisrativo obrante a folios dieciséis y siguientes, interpuesto por MARCELINO IZQUIERDO LLERENA, contra la Dirección Regional de Educación de Apurímac y el Gobierno Regional de Apurímac, con emplazamiento del Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Gobierno Regional de Apurímac; DECLARO: la nulidad total de la Resolución Directorial N°0229-2018-DREA, de fecha 12 de marzo del 2018, y la nulidad parcial de la Resolución Ejecutiva Regional n° 184-2018-GRAPURIMAC/GR,de fecha 10 de mayo del 2018: y ORDENO: a la entidad demandada Dirección Regional de Educación de Apurímac emita una nueva resolución administrativa disponiendo el pago de los devengaos derivados de la bonificación especial mensual por concepto de preparación de clases y evaluación equivalente al 30% rn base a la renumeración total integra previa liquidación contable desde la fecha que por Ley le corresponde percibir hasta el 25 de noviembre del año 2012, descontando lo percibido por el recurrente más los intereses legales que corresponden (…)»

ARTICULO SEGUNDO.- AUTORIZAR, que la Dirección Regional de Educación Apurímac, según corresponda tenga que efectuar las acciones administrativas para el debido cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución.

ARTICULO TERCERO.-REMITIR, los actuados a la Dirección Regional de Educación Apurímac, por corresponder para su conocimiento, debiendo quedar copias del mismo en archivo como antecedente.

ARTICULO CUARTO.-NOTIFICAR, con el presente acto administrativo, a la Gerencia de Desarrollo Social, Gerencia General Regional, Dirección Regional Educación Apurímac, Procuraduría Pública Regional, Juzgado de Trabajo de Abancay, informando sobre el cumplimiento de lo ordenado, al interesado, y demás sistemas administrativos que corresponda del Gobierno Regional de Apurímac , para su conocimiento y fines.

ARTICULO QUINTO.-DISPONER, la publicación de la presente resolución en el portal electrónico del Gobierno Regional de Apurímac, www.regionapurimac.gob.pe, de conformidad y en cumplimiento a lo prescrito por la Ley de Transparencia y Acceso a la información Pública. ( VER PDF )

 

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