SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: DECLARAR IMPROCEDENTE, la solicitud de «Ampliación de Plazo Contractual» por el periodo de 90 días calendario, con relación a la Orden de Compra – Guía de Internamiento N° 0000867-2021 de fecha 12/05/2021, peticionado al Gobierno Regional de Apurímac por la Empresa Contratista Consorcio Ampay, por carecer de sustento técnico y legal, teniendo en consideración lo establecido por el artículo 158° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado y los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
ARTÍCULO SEGUNDO: NOTIFÍQUESE, en EL DÍA mediante la Oficina de Abastecimiento, Patrimonio y Margesí de Bienes, la presente resolución al Contratista CONSORCIO AMPAY, a su correo electrónico contractual: serviciosgíh@qmail.com, para su conocimiento y fines de ley. .
ARTÍCULO TERCERO: SE EXHORTA, al Residente de Obra asignado al proyecto y al Área de Abastecimiento, Patrimonio y Margesí de Bienes de la Entidad, mayor diligencia en el cumplimiento de sus funciones bajo responsabilidad, en estricto cumplimiento a lo dispuesto en la Orden de Compra – Guía de Internamiento Nº Q000867-2021 de fecha 12/05/2021 y la normativa de contrataciones del estado.
ARTÍCULO CUARTO: SE DISPONE, la publicación de la presente resolución en la página web del Gobierno Regional de Apurímac www.regionapurimac.gob.pe, de conformidad y en cumplimiento a lo prescrito por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
ARTÍCULO QUINTO: NOTIFÍQUESE, la presente resolución a la Gerencia Regional de Desarrollo Social; Sub Gerencia de Promoción Social; al Residente de Proyecto Social 3 – Ingeniero José Luis Condori Olivera; Oficina de Abastecimiento, Patrimonio y Margesí de Bienes; Dirección Regional de Administración y demás sistemas administrativos del Gobierno Regional de Apurímac, para su conocimiento y fines de ley. ( VER PDF )