SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR, el Expediente Técnico de la Ampliación de Plazo Nº 02 del proyecto «MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE AGUA DEL SISTEMA DE RIEGO POR ASPERSION EN LAS LOCALIDADES DE CHANTA, CCOCHAHUAÑA Y ALPIALPI DEL DISTRITO DE HUAQUIRCA, PROVINCIA DE ANTABAMBA APURIMAC» con Código Unificado 2182217, por un periodo de 139 días calendarios, comprendido a partir del 01 de agosto del 2021 al 17 de diciembre del 2021, siendo la fecha de término reprogramado el 17/12/2021, ello, bajo el sustento de los informes técnicos de vistos y fundamentos de hecho y derecho expuestos en el presente acto resolutivo, con el siguiente detalle. ( … )
ARTICULO SEGUNDO: EXHORTAR, a los responsables del Proyecto, mayor diligencia y celeridad en el cumplimiento de sus funciones, bajo responsabilidad, debiendo tener en cuenta la Optimización de los Recursos Públicos y plazos solicitados, en mérito a los Principios de Celeridad, Economía, sencillez y eficacia.
ARTÍCULO TERCERO: PRECISAR, que la presente Resolución no implica convalidación de los actos o acciones realizadas o por realizarse que no se enmarquen dentro de la normatividad aplicable al caso concreto.
ARTÍCULO CUARTO: ESTABLECER, que la aprobación de la solicitud de AMPLIACIÓN DE PLAZO DE EJECUCION Nº 02, en mención, es de carácter netamente técnico, siendo que la ejecución del proyecto quede supeditada al cumplimiento de la normativa vigente en cuanto a su priorización y financiamiento.
ARTÍCULO QUINTO: DETERMINAR, que en caso de existir omisiones, errores, deñcíencias, transgresiones técnicas en el Expediente Técnico de AMPLIACIÓN DE PLAZO DE EJECUCION Nº 02, del proyecto en mención, la responsabilidad recae en el Residente de Obra lng. Rubén Vivanco Ccoicca y Supervisor de Obra, lng. Romel M. Torres Sulca, cuya responsabilidad se extiende hasta la culminación de la ejecución del proyecto.
ARTÍCULO SEXTO: NOTIFÍQUESE, con la presente resolución a la Gerencia Regional de Desarrollo Economico, ala Direccion Regional de supervision, Liquidaciones y Transferencia de Proyectos de Inversion, a los responsables de la ejeución del Proyecto en mencion Residente de obra Ing. Ruben Vivanco Ccoicca y Supervisor de Obra, Ing. ROMEL M. Torres Sulca; para su conocimiento y fines de Ley.
ARTÍCULO SETIMO: PUBLÍQUESE, la presente resolucion en la pagina web del Gobierno Regional de Apurímac, www.regionapurimac.gob.pe, de conformidada lo dispuestopor la Ley de Tramsparencia yAcceso a la Informacion Pública. ( VER PDF )