RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL N 348-2021-GR-APURIMAC.GG

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diciembre 1st, 2021
RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL N 348-2021-GR-APURIMAC.GG
Descripción:

SE RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO.• DECLARAR, LA NULIDAD DE OFICIO de la Resolución Directoral Regional Nº0074-2020-DREA, de fecha 20 de enero del  2020, expedida por la Dirección Regional de Educación de Apurímac, que DECLARA FUNDADO, el Recurso Administrativo de Apelación promovido por la recurrente Silvia ROBLES FERNANDEZ, identificado con DNI.  Nº  31341737, en contra de la Resolución Directoral N°2242-2019-UGEL-ABANCAY; en consecuencia, por DESESTIDO  la permuta presentada, y sin efecto legal la Resolución Directoral  N° 1614-2019-UGEL  –  ABANCAY y  la Resolución  Directoral Nº 2242-2019-UGEL-ABANCAY.

ARTÍCULO SEGUNDO. • RETROTRAER, el procedimiento al momento previo a la emisión de la Resolución Directoral Regional Nº 0074-2020-DREA,  de fecha 20 de enero del 2020, a fin de que la Dirección Regional de Educación de Apurímac se pronuncie nuevamente, debiéndose tener en consideración al momento de resolver, los criterios señalados en la presente resolución.

ARTÍCULO TERCERO.• DISPONER, a la Dirección Regional de Educación de Apurímac, en coordinación con la Unidad de Gestión Educativa Local de Abancay, efectúe la implementación de las acciones administrativas sobre el deslinde de responsabilidades, que hubiera, en la obligación de notificar en la forma establecida por norma, a la administrada Silvia Robles Fernández con la Resolución Directoral N° 1614-2019-UGEL-AB,  del  14-05-2019 y demás actos relacionados al caso, Debiendo de informar de ello bajo responsabilidad a la Gerencia Regional de Desarrollo Social.

ARTÍCULO CUARTO.•  DEVOLVER, los actuados a la Entidad de Origen por corresponder, debiendo quedar copia de los mismos  en Archivo.

ARTÍCULO QUINTO.• NOTIFÍQUESE, con el presente acto resolutivo, a la Gerencia Regional de Desarrollo Social, a la Dirección Regional de Educación de Apurímac, a la UGEL Abancay, a la administrada Silvia Robles Fernández e instancias pertinentes del Gobierno Regional de Apurlmac, con las formalidades señaladas  por Ley.

ARTÍCULO SEXTO.• PUBLÍQUESE, la presente resolución, en el portal web  institucional: www.regionapurimac.gob.pe, de conformidad con la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. ( VER PDF )

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