SE RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO.· DECLARAR IMPROCEDENTE la solicitud de NULIDAD, presentada por el administrado ROQUE HIPOLITO SAAVEDRA QUINO, contra la Inscripción de Título de Propiedad Nº 11019671, de fecha 15/08/2008, emitido por el Organismo de Formalización de la Propiedad Informal (COFOPRI), a favor de los cónyuges TIMOTEO PEREZ QUISPE y RITA SAAVEDRA QUINO con una superficie de 0.33245 ha y con Unidad Catastral Nº 073362 ubicado el sector de Tapairihua, Distrito de Tapairihua, Provincia de Aymaraes, departamento de Apurímac, dejando a salvo el derecho del administrado para que tome las acciones correspondientes según lo considere pertinente.
ARTICULO SEGUNDO.· NOTIFICAR, con el presente acto administrativo, a la Gerencia de Desarrollo Económico, Gerencia General Regional, Sub Gerencia de Saneamiento Físico – Legal de la Propiedad Rural, al interesado, y demás sistemas administrativos que corresponda del Gobierno Regional de Apurímac, para su conocimiento y fines.
ARTICULO TERCERO.· La publicación de la presente resolución en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Apurímac, www.regionapurimac.gob.pe, de conformidad y en cumplimiento a lo prescrito por la Ley de transparencia y Acceso a la Información Pública. ( VER PDF )