RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL N 420-2021-GR-APURIMAC.GG

Archivo
noviembre 22nd, 2021
RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL N 420-2021-GR-APURIMAC.GG
Descripción:

SE RESUELVE:

ARTICULO  PRIMERO.· DISPONER EL CUMPLIMIENTO,  del mandato judicial contenido en la Resolución Nº 07 (Sentencia) de fecha 09 de enero del  2020, la cual  FALLA: Declarando FUNDADA la demanda Contencioso administrativo, interpuesta por MARIO BARAZORDA SALAS en contra de la Dirección Regional de Educación de  Apurímac, el Gobierno Regional de  Apurímac, con emplazamiento del  Procurador Publico del Gobierno Regional  de Apurímac, en consecuencia DECLARA: la Nulidad Parcial de la Resolución Ejecutiva Regional Nro.385-2019-GR-APURIMAC, de fecha 26 de Junio del 2019, en el extremo que se pronuncia sobre los derechos Laborales del Actor, vinculado  al incremento de su remuneración  del 10% por contribución al Fondo Nacional de Vivienda establecido  por el Decreto Ley Nº25981. y la nulidad  Parcial de la Resolución  Directoral Regional  Nº 0697-2019-DREA, de fecha 10 de Mayo del 2019, en el extremo  que se pronuncia sobre los derechos Laborales del Actor, vinculado  al incremento de su remuneración del 10% por contribución al  Fondo Nacional de Vivienda establecido por el Decreto Ley Nº25981; y ORDENA: se disponga que la entidad demandada Gobierno Regional de Apurímac, emita nueva resolución reconociéndole  al actor el derecho a percibir el pago de los devengados o reintegro del 10% del incremento de la remuneración por contribución al FONAVI tal como lo establece la Norma con el pago retroactivo de los devengados desde la Fecha en que dicho incremento es exigible, es decir, desde la vigencia del Decreto Ley Nº25981, el cálculo  debe efectuarse con el pago de los Intereses Legales Generados, que serán ejecutados en sentencia. Más los intereses legales que corresponden, a favor de la demandante;

ARTICULO SEGUNDO.· AUTORIZAR que la Dirección Regional  de Educación, según corresponda, tenga que efectuar las acciones administrativas, para el debido cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución.

ARTICULO TERCERO.· REMITIR, los actuados  a la Entidad de origen, por corresponder para su conocimiento y cumplimiento, debiendo quedar copias del mismo en archivo como antecedente.

ARTICULO  CUARTO.·  NOTIFICAR, con el presente acto administrativo, a la Gerencia de Desarrollo Social, Gerencia General Regional, Dirección Regional Educación Apurímac, Procuraduría Pública Regional, al Juzgado de Trabajo de Abancay, informando sobre el cumplimiento de lo ordenado, al interesado, y demás sistemas administrativos que corresponda del Gobierno Regional de Apurímac, para su conocimiento y fines.

ARTICULO QUINTO.· DISPONER, la publicación de la presente resolución en el portal electrónico del Gobierno Regional de Apurímac, www.regionapurimac.gob.pe, de conformidad y en cumplimiento a lo prescrito por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. ( VER PDF ) 

Dirección URL
Archivo en Linea
Gobierno Regional de Apurímac :: Jr. Puno 107 | Central Telefónica: 083 321022 | 322170 | Telf. Fax: 083 321174
Desarrollado por Unidad de Informática - mail :: [ informatica@regionapurimac.gob.pe ]