SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO.· APROBAR, la Liquidación Financiera de la EJECUCIÓN PRESUPUESTAL DIRECTA del PIP denominado: «MEJORAMIENTO DE LA OFERTA DEL SERVICIO EDUCATIVO EN LA INSTITUCION EDUCATIVA NUESTRA SEÑORA DE LAS MERCEDES DEL DISTRITO DE ABANCAY, PROVINCIA DE ABANCAY, REGION APURIMAC», Código Único de Inversiones Nº 2144076, por el importe de S/2’336, 134.78 soles (Dos Millones Trecientos Treinta y Seis Mil Ciento Treinta y Cuatro con 78/00) soles, de los años fiscales 2014, 2015, 2016, 2017 y 2021; ejecutado por la Modalidad de Administración Directa, para efectos de proceder con el cierre en el Banco de Proyectos del Gobierno Regional de Apurímac.
ARTICULO SEGUNDO.· APROBAR, la LIQUIDACIÓN FINANCIERA TOTAL (consolidado) del PIP denominado: «MEJORAMIENTO DE LA OFERTA DEL SERVICIO EDUCATIVO EN, LA INSTITUCION EDUCATIVA NUESTRA SEÑORA DE LAS MERCEDES DEL DISTRITO DE ABANCAY, PROVINCIA DE, ABANCAY, REGION APURIMAC», Código Único de Inversiones Nº 2144076, por el costo real total (consolidado) de 22734,530.57 soles (Veinte Dos Millones Setecientos Treinta y Cuatro Mil Quinientos Treinta con 57/00), con el presupuesto de los años fiscales 2014, 2015, 2016, 2017, 2018, 2019 y 2021, según Correlativo de Meta Nº 0044-2014, Correlativo de Meta No 0050-2015, Correlativo de Meta No 0037-2016, Correlativo de Meta No 0186-2017, Correlativo de Meta No 0151-2018, Correlativo de Meta N° 0240-2019 y Correlativo de Meta N° 0046-2021; modalidad de Ejecución: Ejecución presupuestal directa y ejecución presupuestal indirecta, para efectos de proceder la Transferencia a la entidad del sector público, encargada de su Operación y Mantenimiento y el cierre en el Banco de Inversiones.
ARTÍCULO TERCERO.· AUTORIZAR a la Dirección Regional de Administración del Gobierno Regional de Apurímac, para que a través de sus órganos competentes contables, realice las rebajas contables que correspondan del presupuesto ejecutado del expediente de Liquidación Financiera del proyecto en mención.
ARTICULO CUARTO.· DISPONER, el cierre del expediente respectivo, una vez que quede consentida la liquidación y se haya efectuado los ajustes contables correspondientes.
ARTICULO QUINTO.· NOTIFÍQUESE, con la presente resolución a la Gerencia General Regional, a la Gerencia Regional de Infraestructura, Oficina Regional de Supervisión, Liquidaciones y Transferencia de Proyectos de Inversión, Dirección Regional de Administración, y damas sistemas administrativos del Gobierno Regional de Apurímac, para su cumplimiento y demás fines de la Ley. ( VER PDF )