RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL N 404-2021-GR-APURIMAC.GG

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noviembre 18th, 2021
RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL N 404-2021-GR-APURIMAC.GG
Descripción:

SE RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR, la ejecución de las Mayores Prestaciones  de Supervisión de Obra, o denominada: «Prestación Adicional de Servicio  Nº 02″,  del  Contrato  Gerencial  General  Regional  N°  006- 2020-GR-APURIMAC/GG,  (derivadas de variaciones en el plazo o ritmo de trabajo de la obra (distintas a adicionales de obra), para el servicio de consultoría de supervisión de ejecución de la obra denominada: «Mejoramiento de los Servicios Educativos en la I.E.S.M Ricardo Palma del C.P Chupara Distrito de Anco-Huallo, Provincia de Chincheros  – Región Apurimac«, que fuera solicitado por el Consultor lng. Angel Guido Vaccaro Alvarez, por el plazo de 28 días calendarios, cuyo plazo de ejecución empezara a regir a partir del 16/09/2021 al 13/10/2021, de acuerdo a los antecedentes documentales, informes técnicos y opiniones favorables del Personal Profesional  Especializado de la Entidad y demás fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Estableciéndose que, dicha prestación adicional se pagará teniendo en consideración lo dispuesto por la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento.

ARTICULO SEGUNDO: ESTABLECER, como monto total por las mayores prestaciones de supervisión de obra el importe de S/ 16,474.69 soles, derivados de la aprobación de la prestación Adicional  de Servicio N°02, (porcentaje  de incidencia del 2.94 % respecto al monto del contrato original), que la entidad deberá pagar a favor del consultor lng. Angel Guido Vaccaro Alvarez, por estar justificado y sustentado técnica y legalmente.

ARTICULO  TERCERO:  NOTIFÍCAR,  en  el  día,  la  presente  resolución  al supervisor  de obra  –  lng. Ángel Guido Vaccaro  Alvarez, en su dirección  sitio en: Urb.  Santa  María C-2 del  Distrito  de  San  Sebastián «‘. Provincia y Región Cusco (guidovaccaro@hotmail.com), al Coordinador de Obra por Contrata, de la Oficina Regional de Supervisión, Liquidación y Transferencia de Proyectos de Inversión, para su conocimiento, cumplimiento y fines que se estimen por conveniente.

ARTICULO CUARTO:  DISPONER, que el Consultor – Supervisor de obra – lng. Ángel Guido Vaccaro Alvarez, aumente de forma  proporcional las garantías que  hubiere otorgado, conforme a lo dispuesto por el artículo 157° (numeral  3),  del Reglamento de la Ley de Contrataciones del  Estado, encargando verifique su cumplimiento al área usuaria del contrato de supervisión de obra, la Oficina Regional de Supervisión, Liquidación y Transferencia de proyectos de Inversión y a la Dirección Regional de Administración.

ARTÍCULO QUINTO: REMITIR, la presente resolución a la Oficina Regional de Supervisión, Liquidaciones y Transferencia de Proyectos de Inversión, y demás sistemas administrativos del Gobierno Regional de Apurímac para su conocimiento, cumplimiento y fines de ley.

ARTICULO SEXTO: SE RECOMIENDA,  al área usuaria del contrato de supervisión de obra y, así como a los profesionales técnicos y administrativos, asignados  a la obra, mayor diligencia en las acciones de control técnico de la ejecución y supervisión de la obra, y celeridad en el trámite administrativo que aprueba las modificaciones al contrato.

ARTÍCULO SEPTIMO: SE DISPONE,  la publicación  de la presente  resolución en  la página web del Gobierno Regional de Apurímac, www.regionapurimac.gob.pe de conformidad y en cumplimiento de la Ley de Transparencia  y Acceso a la lnformación Pública

ARTICULO OCTAVO: NOTIFICAR, la presente resolución a la Gerencia General Regional; Gerencia Regional de Infraestructura; Oficina Regional de Supervisión,  Liquidaciones y Transferencia de Proyectos de Inversión; Oficina de Programación Multianual de  Inversiones; y demás sistemas administrativos del Gobierno Regional de Apurímac, para su conocimiento y acciones de ley que ameriten por corresponder, bajo responsabilidad. ( VER PDF )

 

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