SE RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO.- DISPONER EL CUMPLIMIENTO, del mandato judicial contenido en la Resolución N° 08 (Sentencia) de fecha 03 de mayo de 2019, recaída en el Expediente Judicial N° 00530-2018-0-0301-JR-CI-02, por la que se DECLARA: «FUNDADA EN PARTE la demanda contenciosa administrativa que corre de fojas veintitrés a treinta y tres, subsanada mediante escrito que corre a fojas cincuenta y siete y cincuenta y ocho, interpuesta por JUAN DOMINGUEZ CARRION en contra de la Dirección Regional de Educación de Apurímac y del Gobierno Regional de Apurímac, con emplazamiento del Procurador Publico del Gobierno Regional de Apurímac; en consecuencia DECLARO: 1) La nulidad total de la Resolución Gerencial general Regional N° 119-2018-GR-APURIMAC/GG de fecha trece de abril de dos mil dieciocho; y, ORDENO que el Gobierno Regional de Educación de Apurímac emita nuevo acto administrativo (absolviendo el recurso administrativo de apelación) disponiendo que al demandante por derecho propio y en representación de la que en vida fue su cónyuge Celia Ponce Llerena
ARTICULO SEGUNDO.- AUTORIZAR que la Dirección Regional de Educación, según corresponda, tenga que efectuar las acciones administrativas, para el debido cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución. (VER PDF)