SE RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO.- DISPONER EL CUMPLIMIENTO, del mandato judicial contenido en la Resolución N° 06 (Sentencia) de fecha 04 de noviembre del 2019, recaída en el Expediente Judicial N° 00057-2019-0-0301-JM-CI-02 la cual declara: «DECLARO: 1) La nulidad Parcial de la Resolución General Regional N° 578-2018-GR.APURIMAC/GG de fecha veintisiete de noviembre de dos mil dieciocho, en el extremo que se refiere al demandante, quedando inalterable en relación a los demás administrados comprendidos en el acto administrativo; y ORDENO que el Gobierno Regional de Apurímac emita nuevo acto administrativo (absolviendo el recurso administrativo de apelación) reconociendo a favor de la demandante el pago de los devengados o Reintegros de la Bonificación Especial mensual por preparación de clases y evaluación, en base al 30% de su remuneración total (total o integra) y no en base a la remuneración total permanente, desde la fecha en que dicha bonificación es exigible para el demandante (…), asimismo reconociendo a favor de la demandante el pago del 5% de la Bonificación por Desempeño Directivo en base a su remuneración total, solo por el periodo que ocupo el cargo de Directora (…)»;
ARTICULO SEGUNDO.- AUTORIZAR que la Dirección Regional de Educación, según corresponda, tenga que efectuar las acciones administrativas, para el debido cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución.
ARTICULO TERCERO.- REMITIR, los actuados a la Entidad de origen, por corresponder para su conocimiento debiendo quedar copias del mismo en archivo como antecedente. (VER PDF)