septiembre 22nd, 2021
SE RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO. – REINCORPORAR, en cumplimiento de la sentencia de fecha 20 de enero del 2009, expedida por el Tribunal Constitucional, derivado del Exp. N° 05963-2008-PA/TC, en el puesto y funciones, al personal de Gobierno Regional de Apurímac, en la forma que a continuación se detalla:
NOMBRES Y APELLIDOS Cesar Augusto SANTANA BALDEON
DNI 01333635
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