SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO. – DECLARAR, INFUNDADO el recurso de apelación por Silencio Administrativo Negativo promovido por la señora Graciela RIVAS OLARTE, respecto a su petitorio de reconsideración del puesto de nombramiento tramitada a través del Expediente N° 1718 de fecha 02 de marzo del 2021 y no tener respuesta en su oportunidad por la DISURS CHANKA-AND. Por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución NO HA LUGAR dicha pretensión. Quedando agotada la vía administrativa, conforme establece el Artículo 218 de la Ley N° 27444 del Procedimiento Administrativo General, modificado por Decreto Legislativo N° 1272, concordante con el Artículo 228 del Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, que Aprueba el T.U.O., de la acotada Ley del Procedimiento Administrativo General. (VER PDF)