SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO.- DECLARAR IMPROCEDENTE, la solicitud presentada por doña MARLYSSE PINTO MELENDEZ, identificada con DNI. N° 31035767, referente a su petición de que se le reconozca como trabajadora contratada permanente bajo el Régimen Laboral del Decreto Legislativo N° 276 Ley de Bases de la Carrera Administrativa del Sector Público, quien según señala presta sus servicios al Gobierno Regional de Apurímac, desde el mes de Abril del año 2 013 hasta la fecha, como personal de apoyo en el Área de Servicios Generales de la Oficina de Abastecimiento, Patrimonio y Margesí de Bienes, Archivo Regional, Oficina de Tesorería y Área de Remuneraciones, por la modalidad de prestación de servicios de terceros, cuya retribución y/o pago se realizó mediante Órdenes de Servicio y su pretensión de que se le reincorpore en la condición de trabajadora contratada, para labores de naturaleza permanente bajo el Régimen Laboral del Decreto Legislativo N° 276 carece de asidero legal, porque nunca fue contratada en plaza vacante presupuestada y no realiza labores de naturaleza permanente acorde con el Manual de Organización y Funciones de la Entidad, en consecuencia no se encuentra bajo la protección de la Ley N° 24041, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa y de conformidad con la normativa legal vigente.
ARTÍCULO SEGUNDO.- TRANSCRIBIR, la presente Resolución a las Instancias administrativas correspondientes del Gobierno Regional de Apurímac y notificar a la interesada para su conocimiento y fines. (VER PDF)