SE RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO.- DISPONER EL CUMPLIMIENTO, del mandato judicial contenido en la Resolución N° 11 (sentencia) de fecha 20 de setiembre del 2017, y CONFIRMADA por la Resolución N° 18 (Sentencia de Vista) de fecha 09 de abril del 2018, recaída en el Expediente Judicial N° 000209-2017-0-0301-JR-CI-01, por la que se declara: «FUNDADA la demanda Contenciosa Administrativa interpuesta por ALEJANDRO VILLEGAS GORDILLO, seguido en contra de la DIRECCION REGIONAL DE EDUCACION DE APURIMAC y el GOBIERNO REGIONAL DE APURIMAC (…), en consecuencia DECLARO: la Nulidad Parcial de la Resolución Directoral Regional N° 0512-2016-DREA, de fecha 20 de junio del 2016, y la Nulidad Parcial de la Resolución Gerencia! General Regional N° 353-2016-GR.APURIMAC/GG, de fecha 21 de setiembre del 2016, únicamente respecto al demandante ALEJANDRO VILLEGAS GORDILLO quedando inalterable en relación a los demás docentes comprendidos en los actos administrativos, y CORRIGIERON: en el extremo que el Gobierno Regional de Apurímac, emita nueva resolución administrativa, disponiendo el pago, en favor de la parte demandante (…)»;
ARTICULO SEGUNDO.- AUTORIZAR que la Dirección Regional de Educación, según corresponda, tenga que efectuar las acciones administrativas, para el debido cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución. (VER PDF)