SE RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO.- DISPONER EL CUMPLIMIENTO de la Resolución N° 07 (sentencia judicial), la cual DECLARA: 1) la nulidad parcial de la Resolución Ejecutiva Regional N° 481-2019-GR-APURÍMAC/GR de fecha 07 de agosto del 2019, en el extremo que se pronuncia sobre los derechos laborales de la accionante, vinculado con la bonificación especial por preparación de clases y evaluación, asimismo, la nulidad total de la Resolución Directoral Regional N° 1079-2019-DREA de fecha doce de julio del 2019, igualmente en el extremo referido a la accionante, quedando subsistente en ambos casos todo lo demás
ARTICULO SEGUNDO.- AUTORIZAR a la Dirección Regional de Educación Apurímac, efectué el pago de los reintegros diferenciales por concepto de la bonificación especial mensual de preparación de clases y evaluación, equivalente al 30% de su remuneración total íntegra, desde la fecha en que por ley le corresponde percibir dicha bonificación, más intereses legales, a favor de la demandante JESÚS TERESA CASTILLO DONGO. Conforme lo dispuesto en la Sentencia emitida en el Expediente Judicial N° 01019-2019-0-0301 -JR-Cl-01, sobre proceso contencioso administrativo tramitado ante el Primer Juzgado Civil de Abancay.
ARTICULO TERCERO.- REMITIR, los actuados a la Dirección Regional de Educación de Apurímac, por corresponder para su conocimiento y cumplimiento, debiendo quedar copias del mismo en archivo como antecedente (VER PDF)