RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL N 164-2021-GR.APURIMAC.GG

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julio 12th, 2021
RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL N 164-2021-GR.APURIMAC.GG
Descripción:

SE RESUELVE:

ARTICULO PRIMERO.- Rectificar de oficio el error material incurrido en la Resolución Gerencial Regional N° 106-2021-GR.APURIMAC/GG, en el extremo:

ARTICULO PRIMERO. – RECONOCER LA DEUDA, en cumplimiento de la Sentencia Judicial dispuesta por el Juzgado Civil Transitorio de Abancay, de los devengados del concepto bonificación especial conforme estable el Decreto de Urgencia N° 037-94 en sus Articulo 1o deuda reconocida por el Pliego Presupuestal Gobierno Regional de Apurímac, a favor de los demandantes servidores de dicha Entidad, EULALIA HINOJOSA ASCUE, JOSÉ CIRILO TRIVEÑO PAMPAS, DANIEL FALCÓN NAVARRO, BERTHA AQUILINA CASTAÑEDA VELÁSQUEZ, GABRIELA LONCONE QUISPE, JULIA PEREIRA HUAMÁN, JUAN GUALBERTO CAMPANA BECERRA, YANET YASMINE SOLÍS AYMA (heredera legal de PABLO SOLÍS GUTIÉRREZ) y AMPARO TEODORA GUEVARA SOSA, mediante Resolución Ejecutiva Regional N° 353-2017-GR.APURIMAC, de fecha 04 de Octubre del año 2017,correspondiente al periodo del 01 de Julio del año 1994 al 31 de Diciembre del 2015, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa y de conformidad con la normativa vigente, de acuerdo al cálculo efectuado por el Área de Remuneraciones y Pensiones de la Oficina de Recursos Humanos y Escalafón, según el cuadro siguiente:

ARTICULO SEGUNDO. – DISPONER, a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional de Apurímac, a efectos de que realice la gestión correspondiente ante la Dirección Nacional de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas del presupuesto requerido a fin de cumplir con la sentencia judicial. (VER PDF)

Debiendo ser lo correcto:

ARTÍCULO PRIMERO. – DISPONER EL CUMPLIMIENTO, del mandato judicial contenido en la Resolución número ocho de fecha 22 de julio del 2020 que declara consentida la Resolución número 6(SENTENCIÁ), sobre los devengados del concepto bonificación especial conforme estable el Decreto de Urgencia N° 037-94 en sus Artículo Io deuda reconocida por el Pliego Presupuestal Gobierno Regional de Apurímac, a favor de los demandantes servidores de dicha Entidad, EULALIA HINOJOSA ASCUE, JOSE CIRILO TRIVEÑO PAMPAS, DANIEL FALCON NAVARRO, BERTHA AQUILINA CASTAÑEDA VfLÁSQUEZ, GABRIELA LONCONE QUISPE, JULIA PEREIRA HUAJV1AN, JUAN GUALBERTO CAMPANA BECERRA, YANET YASMINE SOLIS AYMA (heredera legal de PABLO SOLÍS GUTIERREZ) y AMPARO TEODORA GUEVARA SOSA, mediante Resolución Ejecutiva Regional N° 353-2017-GR.APURIMAC, de fecha 04 de Octubre del año 2017,correspondiente al periodo del 01 de Julio del año 1994 al 31 de Diciembre del 2015, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa y de conformidad con la normativa vigente, de acuerdo al cálculo efectuado por el Area de Remuneraciones y Pensiones de la Oficina de Recursos Humanos y Escalafón

ARTÍCULO SEGUNDO.-DISPONER, a la Gerencia Regional de Administración del Gobierno Regional para que en coordinación con el Comité Permanente para la elaboración y Aprobación del Listado Priorizado de Obligaciones derivadas de Sentencias con calidad de Cosa Juzgada del Gobierno Regional Apurímac o el que haga de sus veces conforme a sus facultades remita la resolución Administrativa correspondiente que reconoce el monto a pagar; (VER PDF)

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