SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO.- DECLARAR IMPROCEDENTE, la solicitud presentada por doña MARLENY HUANCA JUAREZ, identificada con DNI. N° 31020241, quien prestó sus servicios al Gobierno Regional de Apurimac, desde el mes de Mayo del año 2 015 hasta Junio del 2 017 como personal de limpieza y del mes de Julio del año 2 017 al 31 de Diciembre del 2 019, como personal de apoyo de Caja Chica en la Oficina de Tesorería, por la modalidad de prestación de servicios de terceros, cuya retribución y/o pago se realizó mediante Órdenes de Servicio y su pretensión de que se le reincorpore en la condición de trabajadora contratada, para labores de naturaleza permanente bajo el Régimen Laboral del Decreto Legislativo N° 276 carece de asidero legal, porque nunca fue contratada en plaza vacante presupuestado y no realizó labores de naturaleza permanente, en consecuencia no se encuentra bajo la protección de la Ley N° 24041, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa y de conformidad con la normativa legal vigente. (VER PDF)