SE RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO. – DECLARAR, la NULIDAD DE OFICIO de la Resolución Ejecutiva Regional N° 168-2021-GR-APURIMAC/GR de fecha 21 de mayo de 2021, en todo sus extremos, por encontrarse vicios en el acto administrativo que causan su nulidad de pleno derecho, contemplada en los numerales 1) y 2) del artículo 10° del Decreto Supremo N° 004-2019-JUS que aprueba el Texto Unico Ordenado de la Ley N° 27444 – Ley de Procedimiento Administrativo General, al haberse verificado la transgresión de los requisitos de validez del acto administrativo, de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
ARTÍCULO SEGUNDO. – RETROTRAER, el procedimiento administrativo hasta la etapa anterior a la fecha en que se emitió la Kesolución Ejecutiva Regional N° 168-2021-GR-APURIMAC/GR de fecha 21 de mayo de 2021, por haberse vulnerado normas constitucionales y reglamentarias, teniendo en cuenta los fundamentos plasmados en la presente resolución.
ARTICULO TERCERO. – SE DISPONE la publicación de la presente resolución en la página web del Gobierno Regional de Apurimac www.regionapurimac.gob.pe, de conformidad y en cumplimiento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. (VER PDF)