SE RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO. – RECTIFICAR el error material, del Artículo Primero, de la Resolución Gerencial General Regional N° 101-2021-GR.APURIMAC/GG, en los términos siguientes:
Dice:
CONFORMAR el Comité de Recepción de la Obra denominada: «Mejoramiento de Servicio Educativo de Nivel Inicial en las Instituciones Educativas N° 54631 del Distrito de Andarapa, N° 54725, N° 55006-16, N° 54494 Distrito de Tumay Huaraca, N° 54631 Distrito de Santa María de Chicmo, Provincia de Andahuaylas, Región de Apurímac», de acuerdo a los fundamentos de hecho y derecho expuestos en la parte considerativa de la presente resolución y conforme al siguiente detalle: (VER PDF)
Debe decir:
CONFORMAR el Comité de Recepción de la Obra denominada: «Mejoramiento de Servicio Educativo de Nive! Inicial en las Instituciones Educativas N° 54631 de! Distrito de Andarapa, N° 54725, N° 55006-16, N° 54494 Distrito de Tumay Huaraca, N° 54631 Distrito de Santa María de Chicmo, Provincia de Andahuaylas, Región de Apurímac», de acuerdo a los fundamentos de hecho y derecho expuestos en la parte considerativa de ia presente resolución y conforme al siguiente detalle: (VER PDF)