SE RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO.- Declarar INFUNDADO el Recurso Administrativo de Apelación interpuesto por Doña GRISELA MARÍA BARRERA BARRERA, contra la Resolución Directoral N°085 2020-GR.APURÍMAC/OF.RR.HHyE, de fecha 17 de diciembre del 2020, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución, debiendo CONFIRMARSE, en todos sus extremos la Resolución materia de cuestionamiento por estar emitida con arreglo a Ley. Quedando agotada la vía administrativa conforme establece el Artículo 218° de la Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General, modificado por el Decreto Legislativo N° 1272, concordante con el artículo 226° del Decreto Supremo N° 006-2017-JUS que aprueba el T.U.O. de la acotada Ley.
ARTICULO SEGUNDO.- DEVOLVER, los actuados correspondientes a la entidad de origen por corresponder, debiendo quedar copia de los mismos en archivo. (VER PDF)