HA APROBADO EL ACUERDO DEL CONSEJO REGIONAL SIGUIENTE:
ARTÍCULO PRIMERO.- MODIFICAR el ARTICULO PRIMERO del Acuerdo del Consejo Regional N° 046-2020-GR.APURIMAC/CR, de fecha 29 de julio de 2020, cuyo texto debe quedar redactado como sigue «ARTICULO PRIMERO.- AUTORIZAR al Gobernador Regional del Gobierno Regional de Apurímac, gestionar la facilidad financiera a que se refiere la Décima Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia 021-2020, hasta por el monto de S/ 460 900 521.19 (Cuatrocientos sesenta millones novecientos mil quinientos veintiún con 19/100 Soles), autorizando asimismo a la Dirección General del Tesoro Público del Ministerio de Economía y Finanzas a deducir los correspondientes recursos de la fuente de la fuente de financiamiento Recursos Determinados, rubro Canon y Sobrecanon, Regalías, Renta de Aduanas y participaciones, para el respectivo reembolso al Ministerio de Economía y Finanzas.
ARTICULO SEGUNDO.- ENCARGAR al ejecutivo del Gobierno Regional de Apurímac, mediante los sistemas administrativos competentes ejecute las acciones administrativas que corresponda para el cumplimiento del presente Acuerdo del Consejo Regional.
ARTICULO TERCERO.- PUBLICAR Y DIFUNDIR el presente Acuerdo del Consejo Regional de conformidad con el artículo 42 de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, y en el portal electrónico de la Entidad.
POR TANTO:
Mando se Registre, Publique y Cumpla
Dado en la ciudad de Abancay, sede central del Gobierno Regional de Apurímac, a los veintiséis días del mes de febrero del año dos mil veintiuno.