SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO. – ACUMULAR, los Expedientes Administrativos antes referidos de conformidad al Artículo 127 numeral 127.2 del Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, que Aprueba el T.U.O., de la Ley N° 27444 LPAG, por tratarse de asuntos conexos, que permiten tramitarse y resolverse conjuntamente.
ARTÍCULO SEGUNDO.- DECLARAR, INFUNDADO los recursos de apelación interpuesto por los señores: Alfredo SERRANO GONZALES, contra la Resolución Directoral Regional N° 0888-2020-DREA, del 12 de octubre del 2020, Himer Violeta CAYTUIRO AGRADA, contra la Resolución Directoral Regional N° 0924-2020-DREA, del 16 de octubre del 2020, Himer Violeta CAYTUIRO AGRADA, contra la Resolución Directoral Regional N° 0931-2020-DREA, del 16 de octubre del 2020 y Vilma Estela ROBLES MIRANDA, contra la Resolución Directoral Regional N° 0889-2020-DREA, del 12 de octubre del 2020 respectivamente. Por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución CONFÍRMESE, en todos sus extremos las resoluciones materia de cuestionamiento. Quedando agotada la vía administrativa conforme establece el Artículo 228° del Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. (VER PDF)