enero 18th, 2021
SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO.- DECLARAR DE OFICIO LA PRESCRIPCIÓN PARA EL INICIO DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DISCIPLINARIO, CONTRA LOS SERVIDORES: CÉSAR DANTE ALARCÓN FARFÁN, NICANOR TELLO REINOSO, VÍCTOR BALLÓN BACA, GUSTAVO FREDY PRADA SALAZAR, MIGUEL QUISPE ATAO Y HENRY PALOMINO FLORES, comprendidos en el Informe de Auditoria 007-2016-2-5333, del Órgano Regional de Control Institucional del Gobierno Regional de Apurímac.
ARTÍCULO SEGUNDO.- DISPONER, que la Secretaria Técnica de Procedimientos Administrativos Disciplinarios, proceda a realizar las acciones necesarias para identificar la responsabilidad administrativa de los funcionarios y/o responsables que dejaron prescribir la acción administrativa disciplinaria. (VER PDF)