diciembre 30th, 2020
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SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO.- DECLARESE, improcedente lo solicitado por la trabajadora Grisela María Barrera Barrera por contar el petitorio con disposición de mandato judicial y; no ser de competencia administrativa la interpretación de los alcances de la misma.
ARTÍCULO SEGUNDO.- TRANSCRIBIR, la presente Resolución a las instancias administrativas correspondientes del Gobierno Regional de Apurímac y notificar al interesado para su conocimiento y fines. (VER PDF)