SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: DECLARAR, de OFICIO LA NULIDAD del Procedimiento de Selección del Procedimiento de Selección Concurso Público CP-SM-5-2019-GRAP/CS-1, para la contratación del Servicio de Consultoría de Obra para la supervisión de la ejecución de la obra: «Mejoramiento del Servicio Educativo del CETPRO Chincheros, Distrito de Chincheros, Provincia de Chincheros – Región Apurímac», por la causal de contravención a las normas legales, conforme a los alcances del numeral 44.2 del artículo 44° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, debiendo de retrotraerse el procedimiento de selección hasta la etapa de CONVOCATORIA, previa reformulación de los términos de referencia, a efectos de que el requerimiento contenga las características y/o requisitos funcionales relevantes para cumplir la finalidad pública de la contratación y que permita promover la mayor participación de proveedores. En mérito a los antecedentes documentales, informes técnicos y los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
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