noviembre 23rd, 2020
SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO.- DELEGAR, al Director de la Dirección Regional de Educación Apurímac, las competencias y atribuciones siguientes:
1. Recibir, evaluar, tramitar y, de corresponder, aceptar las solicitudes de donaciones de bienes inmuebles en favor del Estado dirigidas a las Instituciones Educativas de los ámbitos de las Unidades de Gestión Educativa Local de Abancay, Aymaraes, Antabamba, Cotabambas, Chincheros, Grau y Huancarama, con arreglo a lo previsto por la Ley N° 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA y demás normas complementarias. (VER PDF)