noviembre 11th, 2020
SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO.- DECLARAR IMPROCEDENTE, la solicitud ingresada por Eugenio Leopoldo Sullca Ttica, presidente de la comunidad campesina de Santa Rosa, sobre reconocimiento de la Personería Jurídica de la Comunidad Campesina de Santa Rosa, del Distrito de Chapimarca, Provincia de Aymaraes, Departamento de Apurímac, por cuanto no reúne los presupuestos establecidos por la Ley 24656 Comunidades Campesinas, Ley N° 24657 de Deslinde y Titulación de Territorios Comunales y el D.S. 008 – 91 TR, por ser cosa Juzgada y por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. (VER PDF)