SE RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO.- DISPONER EL CUMPLIMIENTO, del mandato judicial contenido en la Resolución número siete (Sentencia) de fecha 17 de mayo del año 2019; CONFIRMADA mediante resolución número once (Sentencia de Vista) de fecha 09 de agosto del año 2019, recaída en el Expediente Judicial N° 0946-2018-0-0302-JR-CI-01, por la que se declara FUNDADA la demanda contencioso administrativa interpuesta por Mariano ALCARRAZ GUIZADO, contra el Gobierno Regional de Apurímac y la Dirección Sub Regional Agraria de Andahuaylas, emplazamiento del Procurador Público del Gobierno Regional de Apurímac.
ARTICULO SEGUNDO.- DECLARAR FUNDADO, el recurso administrativo de apelación interpuesto por el administrado Mariano ALCARRAZ GUIZADO, contra la Resolución Directoral N°068-2018-GR/AP-DSRA-AND-D de fecha 06 de agosto del 2018, en el extremo que se pronuncia sobre los derechos laborales que le corresponde al administrado vinculado al pago de sus incentivos de refrigerio y movilidad conforme a la Directiva N°004-2003-GR.AP, «Normas para el pago de incentivos laborales», aprobado por la Resolución Ejecutiva Regional N°438-2003-GR-APURIMAC,de fecha 11 de diciembre del 2003, desde la fecha que por ley le corresponde; previa liquidación contable, con deducción de lo percibido, más los intereses legales que corresponden de la referida bonificación a favor del actor, recaída en el Expediente Judicial N° 00946-2018-0-0302-JR-CI-01, sobre proceso contencioso administrativo tramitado ante el Juzgado Civil- Modulo Básico de Justicia de la Provincia de Andahuaylas de la Corte Superior de Justicia de Apurímac.
ARTICULO TERCERO.- DEVOLVER, los actuados a la entidad de origen por corresponder para su conocimiento y cumplimiento, debiendo quedar copias del mismo en archivo como antecedente
ARTICULO CUARTO.- NOTIFICAR, con el presente acto administrativo, a la Gerencia de Desarrollo Económico, Gerencia General Regional, Dirección Sub Regional Agraria de Andahuaylas, Procuraduría Pública Regional, Juzgado Civil- Modulo Básico de Justicia de la Provincia de Andahuaylas, informando sobre el cumplimiento de lo ordenado, al interesado, y demás sistemas administrativos que corresponda del Gobierno Regional de Apurímac, para su conocimiento y fines.
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