RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL N 163-2020-GR.APURIMAC.GG

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julio 30th, 2020
RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL N 163-2020-GR.APURIMAC.GG
Descripción:

SE RESUELVE:

ARTICULO PRIMERO.- DECLARAR, La Nulidad Parcial de la Resolución Directoral Regional N° 570-2018-DREA, de fecha diez de mayo del dos mil dieciocho, asimismo la Nulidad Parcial de la Resolución Gerencial General Regional N° 331-2018-GR-APURIMAC/ GG, del dos de julio del dos mil dieciocho; en ambos casos, en lo referente a la demandante Julia RIVAS ALCARRAZ, quedando subsistente en lo demás que contiene dichos actos administrativos.

ARTICULO SEGUNDO.- DISPONER a la Dirección Regional de Educación cumplir con los extremos de la Resolución Directoral N°570-2018-DREA, de fecha diez de mayo del dos mil dieciocho(descontando lo percibido) toda vez que todo acto administrativo ha retomado su vigencia por haberse declarado nulo los actos administrativos posteriores a ello, esto es cumpla con reintegrar a favor de la accionante, el monto correspondiente a los subsidios por luto y sepelio, calculados en base a la remuneración total percibida por la demandante al fallecimiento de su progenitora, el que en vida fue, Victoria Alcarraz Peña, con deducción de las sumas pagadas inicialmente, más los intereses legales, y previa liquidación contable; ello en atención a lo dispuesto en el Expediente Judicial N° 0001109-2018-0-0301 -JR-CI-01, sobre proceso contencioso administrativo tramitado ante el Primer Juzgado Civil de Abancay.

ARTICULO TERCERO.- DEVOLVER, los actuados a la entidad de origen por corresponder para su conocimiento y cumplimiento, debiendo quedar copias del mismo en archivo como antecedente

ARTICULO CUARTO.- NOTIFICAR, con el presente acto administrativo, a la Gerencia de Desarrollo Social, Gerencia General Regional, Dirección Regional Educación Apurímac, Procuraduría Pública Regional, Primer Juzgado Civil de Abancay, informando sobre el cumplimiento de lo ordenado, al interesado, y demás sistemas administrativos que corresponda del Gobierno Regional de Apurímac, para su conocimiento y fines.

ARTICULO QUINTO.- DISPONER, la publicación de la presente resolución en el portal electrónico del Gobierno Regional de Apurímac, www.regionapurimac.qob.pe, de conformidad y en cumplimiento a lo prescrito por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

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