SE RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO.- DECLARAR, la Nulidad Parcial de la Resolución Directoral Regional N° 0528-2018-DREA, de fecha siete de Mayo del año dos mil dieciocho, en lo referente a la demandante; asimismo, la Nulidad Parcial de la Resolución Gerencial General Regional Nro. 318-2018-GR-APURIMAC/GG de fecha veintiuno de junio del año dos mil dieciocho, en el extremo que se refiere a los derechos laborales del accionante Vilma HURTADO CARRASCO, vinculados al pago de los reintegros diferencíales por concepto de la bonificación especial mensual por preparación de clases y evaluación, equivalente al treinta por ciento (30%) de su remuneración total, quedando subsistente, en ambos casos, todo lo demás que contiene la resolución impugnada.
ARTICULO SEGUNDO.- DISPONER EL PAGO, de los reintegros diferenciales por concepto de la bonificación especial mensual por preparación de clases y evaluación, equivalente al treinta por ciento (30%) de su remuneración total, desde el 06 de marzo de 1991 (fecha de entrada en vigencia del D.S. 051-91-PCM) hasta el 09 de agosto del año 2004) (fecha de su cese), con deducción de lo percibido, así como el pago de los intereses legales; previa liquidación administrativa, a favor del actor recaída en el Expediente Judicial N° 00787-2018-0-0301-JR-CI-02, sobre proceso contencioso administrativo tramitado ante el Segundo Juzgado Civil de Abancay.
ARTICULO TERCERO.- DEVOLVER, los actuados a la entidad de origen por corresponder para su conocimiento y cumplimiento, debiendo quedar copias del mismo en archivo como antecedente.
ARTICULO CUARTO.- NOTIFICAR, con el presente acto administrativo, a la Gerencia de Desarrollo Social, Gerencia General Regional, Dirección Regional Educación Apurímac, Procuraduría Pública Regional, Segundo Juzgado Civil de Abancay, informando sobre el cumplimiento de lo ordenado, al interesado, y demás sistemas administrativos que corresponda del Gobierno Regional de Apurímac, para su conocimiento y fines..
ARTICULO QUINTO.- DISPONER, la publicación de la presente resolución en el portal electrónico del Gobierno Regional de Apurímac, www.regionapurimac.qob.pe, de conformidad y en cumplimiento a lo prescrito por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.