RESOLUCION GERENCIAL REGIONAL N 005-2020-GR.APURIMAC.GRDE

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marzo 10th, 2020
RESOLUCION GERENCIAL REGIONAL N 005-2020-GR.APURIMAC.GRDE
Descripción:

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO: DISPONER, EL INICIO DEL PROCEDIMIENTO DE NULIDAD DE OFICIO de la Resolución Directoral N° 167-2018-GR-DREM-APURIMAC de fecha 28/12/2018, emitido por la Dirección Regional de Energía y Minas; mediante el cual, se resuelve aprobar el Estudio de Impacto Ambiental Semi Detallado del Proyecto Minero «SANTA ROSA», presentado por la Empresa KORIMALLKO MINERALES S.A.C representado por su gerente general FLORIAN NICOLAS GARCIA CARBAJAL; ubicado en el sector de Huayumpay, distrito de Turpay, provincia de Grau de la Región Apurímac.

ARTÍCULO SEGUNDO: CORRER TRASLADO de la presente resolución a la Dirección Regional de Energía y Minas, a fin de que NOTIFIQUE FORMALMENTE a la EMPRESA KORIMALLKO MINERALES S.A.C representado por su gerente general FLORIAN NICOLAS GARCIA CARBAJAL, para que en un plazo perentorio de cinco (05) días hábiles contados a partir del día siguiente de la notificación, pueda ejercer su derecho de defensa, mediante los descargos correspondientes, de conformidad a lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444-LPAG, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; ello, bajo responsabilidad.

ARTÍCULO TERCERO: ENCARGAR, el tramite del Procedimiento de Nulidad de Oficio, a la Dirección Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de Apurímac, instancia que deberá tomar conocimiento y pronunciarse de las alegaciones que presentara el administrado afectado. Vencido el plazo otorgado, con o sin los argumentos de defensa del administrado, se emita las Resoluciones correspondientes. Para cuyo fin el expediente completo que origina la presente resolución será remitido formalmente por la Oficina de Secretaria General a la DRAJ, para la prosecución del trámite y resolución del tema planteado, debiendo quedar copia de los mismos debidamente fedatada en archivo como antecedente.

ARTÍCULO CUARTO: NOTIFÍQUESE, la presente Resolución a la Gerencia Regional de Desarrollo Económico Dirección Regional de Energía y Minas, Dirección Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de Apurímac , y demás sistemas Administrativos del Gobierno Regional de Apurímac, para su conocimiento y fines de ley.

ARTÍCULO CUARTO: DISPONER, la publicación de la presente resolución en la página web el Gobierno Regional de Apurímac, www.regionapurimac.gob.pe, de conformidad y en cumplimiento a lo prescrito por la ley de Transparencia y Acceso a la Información.

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