RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL N 044-2020-GR.APURIMAC.GG

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febrero 14th, 2020
RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL N 044-2020-GR.APURIMAC.GG
Descripción:

SE RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO: DECLARAR IMPROCEDENTE, la solicitud de «Ampliación de Plazo» por 25 días hábiles, con relación a la Orden de Compra – Guía de Internamiento N° 0004186 de fecha 31/12/2019, derivado del procedimiento de selección Adjudicación Simplificada N° 89-2019-GRAP- Procedimiento Electrónico (Tercera Convocatoria), presentado al Gobierno Regional de Apurímac en fecha 28/01/2020, mediante Documento SOL TP-0030-2020, registrado con SIGE Nro. 2156 por carecer de valor legal, por carecer de sustento técnico y legal, por no estar debidamente acreditado y, no estar conforme a la formalidad y procedimiento regular establecido en el articulo 158° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. Mas aun que, referida de compra se rige bajo el sistema de contratacion a suma alzada y las contrataciones que se llevan a cabo bajo este sistema de contratación, tienen como regla general la invariabilidad tanto del precio como del plazo. De acuerdo a los fundamentos de hecho y derecho expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.

ARTÍCULO SEGUNDO: SE EXHORTA, bajo apercibimiento de ley, al Contratista Truck Professional Business S.A.C. con RUC N° 20549442685, el cabal cumplimiento de sus obligaciones contractuales, establecidas en la Orden de Compra – Guía de Internamiento N° 0004186 de fecha 31/12/2019 y las especificaciones técnicas establecidas en las bases integradas del procedimiento de selección Adjudicación Simplificada N° 89-2019-GRAP (Tercera Convocatoria).

ARTÍCULO TERCERO: NOTIFÍQUESE, la presente resolución en el día bajo responsabilidad, mediante la Oficina de Abastecimiento, Patrimonio y Margesí de Bienes, y; el Área de Resoluciones, al Contratista Truck Professional Business S.A.C. con RUC N° 20549442685, a su correo electrónico contractual: truckprofessional@gmail.com, ventas@truckprofessional.com.pe, y; a su domicilio contractual: Avenida San Luis 2496 -Interior 302 San Borja -Lima, para su conocimiento y fines de ley.

ARTÍCULO CUARTO: SE EXHORTA, bajo responsabilidad, al Sub Gerente de Obras y a los Profesionales Responsables del Proyecto: «Mejoramiento del Complejo Deportivo el Olivo para el Desarrollo de las Actividades Deportivas en el Distrito y Provincia de Abancay, Región Apurímac» (Residente e Inspector de Obra), mayor diligencia en el cumplimiento de sus funciones, debiendo de verificar y exigir el cabal cumplimiento de la prestación de la Orden de Compra – Guía de Internamiento N° 0004186 de fecha 31/12/2019.

ARTÍCULO QUINTO: SE EXHORTA, bajo responsabilidad, al Director de la Oficina de Abastecimiento, Patrimonio y Margesí de Bienes y al Personal a su cargo, mayor celeridad en el cumplimiento de sus funciones con relación al trámite de las solicitudes de ampliación de plazo.

ARTÍCULO SEXTO: SE DISPONE, la publicación de la presente resolución en la página web del Gobierno Regional de Apurímac www.regionapurimac.gob.pe, de conformidad y en cumplimiento a lo prescrito por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

ARTÍCULO SÉPTIMO: NOTIFICAR, la presente resolución a la Gerencia Regional de Infraestructura, Sub Gerencia Obras; Oficina de Abastecimiento, Patrimonio y Margesí de Bienes y demás sistemas administrativos del Gobierno Regional de Apurímac, para su conocimiento y fines de ley.

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